Dictamen nº 30068 de Contraloría General de la República, de 15 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 437224374

Dictamen nº 30068 de Contraloría General de la República, de 15 de Mayo de 2013

N° 30.068 Fecha: 15-V-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subdirectora Jurídica del Servicio de Registro Civil e Identificación, solicitando se determine que el Director Nacional puede disponer el término de la asignación de funciones como Oficial Civil titular, cuando así lo estime procedente, como medida de buena administración de la respectiva dependencia, fundamentado en la atribución prevista en el artículo , letra c), de la ley N° 19.477, que le confiere la atribución de dirigir, organizar, coordinar y administrar el Servicio, tomando las decisiones que estime necesarias para la buena marcha del mismo.

Sobre el particular, en primer término, cabe señalar que en el dictamen N° 20.511, de 1998, de este Organismo Contralor -criterio jurisprudencial que ha sido reiterado mediante los dictámenes N°s. 36.409, de 1998; 18.669, de 2008, y 42.843, de 2011-, se concluyó que las labores que la ley N° 19.477 encarga a los Oficiales Civiles, son desempeñadas a través de la encomendación de funciones, atendido que la ley N° 19.191 -posteriormente modificada por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2009, del Ministerio de Justicia-, que sustituye las plantas de personal del mencionado servicio público, no contempla cargos de Oficiales Civiles y conforme con el actual artículo 14 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, el nombramiento de los servidores de la Administración del Estado regidos por dicho cuerpo estatutario, está referido a los empleos o cargos existentes en dichas plantas.

Luego, conviene puntualizar que la encomendación de funciones es la decisión de la jefatura superior de una entidad pública, en el ejercicio de las atribuciones generales de dirección y administración que posee -como la que se menciona en la consulta-, mediante la cual resuelve que un funcionario de su dependencia, que ocupa un cargo o empleo de carácter genérico de la planta de personal, desarrolle determinadas actividades o labores, tendientes a dar cumplimiento a las necesidades generales que el ordenamiento jurídico ordena al correspondiente servicio atender, de manera que, igualmente, se encuentra facultada para que, en virtud de esas mismas atribuciones y fundamentado en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, revoque tal medida y disponga que el respectivo servidor ejecute tareas diversas, todo ello, por cierto, en la medida que se trate de labores inherentes a la planta en que aquel se encuentra nombrado.

Ahora bien, es...

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