Dictamen nº 68691 de Contraloría General de la República, de 23 de Octubre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 475131690

Dictamen nº 68691 de Contraloría General de la República, de 23 de Octubre de 2013

N° 68.691 Fecha: 23-X-2013

Esta Contraloría General, en el contexto de la Auditoría al Programa de Alianzas Productivas realizada en el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), emitió el Informe Final N° 35, de 2012, en el que en su Acápite III, Otras Materias, N° 3, Beneficiarios con participación de capital en empresas demandantes, se indicó que se evaluaría la procedencia de la entrega de recursos a empresas agrícolas con el objeto que presten asesoría técnica y capacitación a beneficiarios de dicho organismo, cuando estos tengan participación en el capital de tales sociedades.

Al efecto, se efectuó una revisión a los convenios suscritos entre la Dirección Regional del Maule del INDAP, con las empresas Agrícola Comercial Oriente S.A. y Agrofrutícola Corralones S.A., aprobados por resoluciones exentas N" 1.024 y 95.620, de 2010 y 2011, respectivamente, ambas de ese origen.

Pues bien, este Organismo de Control, luego de realizado un análisis sobre la situación de la especie, debe hacer presente que conforme lo prescrito en el artículo 2° de la ley N° 18.910, que sustituye la ley orgánica del INDAP, corresponde a ese organismo promover el desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos, a quienes reconoce como sus beneficiarios, con el objeto de contribuir a elevar su capacidad empresarial, organizacional y comercial, su integración al proceso de desarrollo rural y optimizar al mismo tiempo el uso de los recursos productivos.

Para el cumplimiento de los fines señalados, el artículo 3° de la citada normativa legal prevé diversos instrumentos, tales como, asistencia técnica y capacitación, y subsidios para fines productivos, los que deberán aplicarse sobre la base de parámetros objetivos previamente reglamentados, salvo en situaciones de emergencia. En estas condiciones, esta Contraloría General, complementa el Informe Final N° 35, de 2012, sobre Auditoría al Programa de Alianzas Productivas, en los términos indicados en el presente oficio, y por ende levanta la observación que se efectuó en el Acápite III, N° 3, del citado informe.

A su turno, el artículo 11 de la resolución N° 306, de 2005, del INDAP, que aprueba el reglamento general para la entrega de incentivos económicos de fomento productivo, establece los "requisitos generales" que deben cumplir los beneficiarios para postular a ellos, ya sea que lo hagan directamente o a través de una institución, entidad administradora y/o...

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