Dictamen nº 13552 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 436524130

Dictamen nº 13552 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2013

N° 13.552 Fecha: 28-II-2013

El Director Nacional de Personal de Carabineros de Chile consulta si es procedente financiar con cargo a la asignación 22-11-002 “Cursos de Capacitación” los gastos en perfeccionamiento del personal contratado por resolución perteneciente a la dotación de los centros de salud institucionales, orientada a dar cumplimiento a las exigencias del Ministerio de Salud relativas a la acreditación de los prestadores autorizados de acuerdo con el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, de esa Secretaría de Estado.

Acompaña a su presentación un oficio evacuado por la Dirección de Justicia de Carabineros, el que señala, en lo que interesa, que en consideración a la finalidad que persiguen los cursos por los cuales se consulta, ellos se enmarcan dentro de la capacitación destinada a mejorar el desempeño de los funcionarios por lo que estarían comprendidos dentro de las acciones que con esa finalidad contemplan las letras b) o c) del artículo 27 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

Requerido su informe, la Dirección de Presupuestos manifestó que dado que la capacitación en análisis no se relaciona con materias que habiliten a tales servidores para optar a una promoción, los gastos pueden ser solventados con el subtítulo en comento, resguardando la correcta imputación de los mismos.

Como cuestión previa, se debe hacer presente que el artículo 4°, N° 12, del mencionado decreto con fuerza de ley N°1, prescribe que al Ministerio de Salud le corresponde establecer un sistema de acreditación para los prestadores institucionales autorizados para funcionar. Agrega que un reglamento establecerá el sistema de acreditación y las demás materias necesarias para desarrollar el proceso, debiendo aplicar iguales estándares a los establecimientos públicos y privados de salud.

A su turno, el artículo 5° del decreto N° 15, de 2007, del mismo origen, que reglamenta el sistema de acreditación para los prestadores institucionales de salud, prevé que dichos estándares deberán referirse, entre otros, a la calificación laboral del personal necesario para llevar a cabo las técnicas y tecnologías aplicables a las prestaciones, idoneidad que, según se desprende de la presentación en estudio, se pretende alcanzar con los cursos por los que se consulta.

Ahora bien, de conformidad con el artículo 7° de la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, y en armonía con lo resuelto por esta Entidad de Control en el dictamen N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR