Dictamen nº 29148 de Contraloría General de la República, de 17 de Mayo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406761658

Dictamen nº 29148 de Contraloría General de la República, de 17 de Mayo de 2012

N° 29.148 Fecha: 17-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Eugenia Báez Vásquez, funcionaria de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para reclamar por la omisión en que habría incurrido ese organismo al no dictar el acto administrativo que dispusiera la subrogación en las funciones de Directora de la Biblioteca Pública N° 1 Santiago Severín, de Valparaíso, y de Coordinadora de Bibliotecas Públicas de la V Región. Agrega, que atendido el tiempo transcurrido sin que se proveyera esa vacante, solicitó la terminación de la indicada subrogancia, sin obtener respuesta y que, además, a la fecha se le adeudan diferencias de sueldos derivadas de su gestión. Requerida de informe, la aludida entidad pública indicó que las referidas labores, en virtud de una encomendación de funciones, deben ser cumplidas por quien ejerza el empleo directivo de Jefe de Departamento, grado 6, de la E.U.S., asignado al citado establecimiento, por lo que, una vez que cesó quien lo servía en calidad de suplente, y estando vacante esa plaza, le correspondió a la requirente ejercerla en calidad de subrogante, reconociéndosele el derecho a la diferencia de sueldos existente entre la remuneración que percibe por el desempeño del cargo de que es titular y aquél que le correspondió subrogar. Al respecto, es dable manifestar que según lo previsto en los artículos 79 y 80 de la ley N° 18.834, la subrogación de un cargo procede cuando no esté servido efectivamente por el titular o suplente, caso en el cual asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, y que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. En concordancia con dicha preceptiva, esta Entidad de Control ha resuelto, entre otros, en los dictámenes N os 25.220, de 1996 y 46.852, de 2006, que la subrogación opera en forma automática, por el solo ministerio de la ley, no requiriendo, por ende, un acto formal de la autoridad, la que también opera respecto de cargos vacantes, por lo que procede desestimar esta parte del reclamo. Ahora, en cuanto a que los funcionarios que seguían en jerarquía en la respectiva unidad se excusaron de asumir la mencionada subrogancia, aduciendo motivos personales, es menester indicar que, en la especie, y para los efectos que nos ocupan, debe entenderse que la unidad a que alude el citado artículo 80, corresponde a la mencionada Biblioteca Santiago Severín. Efectuada la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR