Dictamen nº 36866 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406760910

Dictamen nº 36866 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2012

N° 36.866 Fecha: 20-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Alcaldesa de la Municipalidad de Renca, informando, en cumplimiento de lo requerido por el dictamen N° 75.989, de 2011, acerca del procedimiento conforme al cual esa entidad edilicia invalidó el permiso de circulación del vehículo placa patente ST-6327-4, correspondiente al año 2009, que otorgara al señor Eduardo Ruz Astorga. Como cuestión previa, cabe recordar que el aludido pronunciamiento concluyó, en lo que interesa, que si el referido vehículo careció de los permisos de circulación de 2008 -por no registrarse el respectivo pago- y de 2009 -por haber sido invalidado, según se informara en su oportunidad-, el municipio se encontraba habilitado para negarse -como en el hecho aconteció- a extender aquel correspondiente al año 2010. Luego, y para los efectos de determinar si, en definitiva, esa actuación se ajustó a derecho, se requirió a dicho municipio que informara acerca del procedimiento adoptado para invalidar el permiso de circulación correspondiente al año 2009, a fin de establecer si para ello se dio cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 53 de la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Precisado lo anterior, es del caso señalar que el artículo 53, inciso primero, de la citada ley N° 19.880, previene que la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto. Al respecto, esta Entidad Fiscalizadora, mediante los dictámenes N°s. 53.531, de 2009 y 76.050, de 2011, entre otros, ha expresado que la invalidación de un acto administrativo debe ser resuelta por la misma autoridad que dispuso la medida supuestamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR