Dictamen nº 61436 de Contraloría General de la República, de 3 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406759142

Dictamen nº 61436 de Contraloría General de la República, de 3 de Octubre de 2012

N° 61.436 Fecha: 03-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Christian Hormazábal Lagos, funcionario de la Municipalidad de Lo Espejo, reclamando las irregularidades en que habría incurrido esa corporación edilicia en el marco de dos procesos concursales llevados a cabo con el fin de proveer diversos cargos vacantes en las plantas de directivos, profesionales y técnicos -los que fueron resueltos con fecha 30 de mayo y 29 de junio de 2012, respectivamente-, y que dicen relación, en síntesis, con la integración del comité de selección; la inhabilidad que habría afectado a determinados servidores que resultaron designados; la fecha a contar de la cual los funcionarios elegidos debieron haber asumido; la omisión de la etapa de entrevista a su respecto; y, por último, con la valoración insuficiente que se le otorgó a sus competencias personales. Requerido informe, esa entidad edilicia manifestó, en resumen, que las alegaciones del recurrente son infundadas, atendidos los argumentos de hecho y de derecho que expone y que acredita a través de la documentación que adjunta. Ahora bien, en lo que se refiere al reclamo relativo a la inhabilidad que habría afectado a dos de los integrantes del comité de selección del primer concurso, a saber, don Jaime Ibar Rojas y doña Myriam Mercado Tapia, dado que también tenían la calidad de postulantes en el mismo, cabe manifestar que de acuerdo con los artículos 19 y 32, ambos de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, el citado órgano debe conformarse por el Jefe o Encargado del Personal y por los tres funcionarios de más alto nivel jerárquico, con excepción del alcalde y el Juez de Policía Local, y por un representante del personal elegido por éste. En este orden de consideraciones, y de acuerdo al artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 141-19.321, de 1994, del antiguo Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Lo Espejo, los tres cargos de mayor jerarquía en condiciones de integrar el aludido comité, son los de Secretario Municipal, Administrador Municipal y Secretario Comunal de Planificación y Coordinación, todos grado 3 E.M.S., de la planta de directivos. Precisado lo anterior, cumple con señalar que conforme a la base de datos del personal de la Administración del Estado que mantiene este Organismo de Control y a la documentación adjunta, se desprende que tanto el señor Ibar Rojas, como la señora...

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