Dictamen nº 30752 de Contraloría General de la República, de 25 de Mayo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406757562

Dictamen nº 30752 de Contraloría General de la República, de 25 de Mayo de 2012

N° 30.752 Fecha: 25-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director de Bienestar de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la factibilidad de que se establezca un valor único a pagar por concepto de derecho de sala cuna, el cual sería enterado al establecimiento que elija la funcionaria, y que, en el evento que el precio del servicio exceda ese monto, la diferencia sea asumida por la servidora. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 203 del Código del Trabajo, aplicable en la especie, dispone, en lo pertinente, que las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras deberán tener salas cunas en las condiciones que indica, añadiendo que se entiende cumplida esta obligación si el empleador paga los gastos directamente al establecimiento que él designe. Pues bien, acorde con el dictamen N° 21.430, de 2010, de este origen, se debe señalar que la autoridad cumple con las obligaciones referidas, si confecciona un listado de salas cunas para que las funcionarias elijan la que estimen pertinente, determinando, además, el monto máximo que el presupuesto institucional le permita costear por cada...

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