Dictamen nº 44771 de Contraloría General de la República, de 25 de Julio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406755006

Dictamen nº 44771 de Contraloría General de la República, de 25 de Julio de 2012

N° 44.771 Fecha: 25-VII-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 525, de 2011, de la Subsecretaría de Educación, que sobresee el sumario administrativo ordenado instruir en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana para investigar las observaciones contenidas en el Informe Final N° 269, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, atendido que en la indagación realizada no se encuentra debidamente justificado el sobreseimiento que se dispone en dicha resolución. En efecto, el artículo 139 de la ley N° 18.834, requiere que la vista fiscal contenga, entre otros antecedentes, una relación de los hechos investigados y la forma como se ha llegado a comprobarlos, la participación y grado de culpabilidad que les hubiere correspondido a los servidores que eventualmente estuvieren involucrados, y la proposición a la autoridad respectiva conforme al mérito de los elementos de prueba allegados al proceso, exigencias que el aludido dictamen no cumple, por cuanto se limita a señalar que las irregularidades que describe en el considerando 6°, serían la consecuencia de un desorden administrativo no atribuible a una responsabilidad directa de los servidores de la referida Secretaría Regional. En este sentido, los motivos expresados por la fiscalía para sobreseer de responsabilidad funcionaria en el sumario en examen, esto es, principalmente el desorden administrativo que habría afectado a todo el Ministerio de Educación en su conjunto, y a que los servidores que cumplían labores relacionadas con las materias investigadas ya no se desempeñan en la institución, no resultan atendibles, toda vez que el proceso no contiene ningún dato respecto de las razones específicas que produjeron dicho desorden y de quiénes a la sazón cumplían las labores relacionadas con el pago de la subvención educacional y su control, de manera que, no obstante que pudieran configurarse infracciones a ciertos deberes estatutarios, no pudiera hacerse efectiva la consiguiente responsabilidad administrativa. Al respecto, cabe advertir que no aparece...

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