Dictamen nº 79624 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 366348714

Dictamen nº 79624 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 2011

N° 79.624 Fecha: 22-XII-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Paula Peña Arellano, reclamando en contra de la decisión adoptada por la Municipalidad de La Florida, en orden a poner término anticipado a su contrato a honorarios, lo que según indica, le fue comunicado verbalmente el 1 de julio de 2011.

Requerido su informe al municipio mediante los oficios N°s. 55.729 y 62.201, ambos de 2011, no ha sido emitido dentro del plazo fijado para tal efecto, razón por la cual, y dado el tiempo transcurrido, este Organismo Contralor emite el presente pronunciamiento sin dicho antecedente.

Sobre el particular, cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo , inciso tercero, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, las personas contratadas a honorarios se rigen por las reglas que establezca el aludido contrato y no les son aplicables las disposiciones estatutarias contenidas en dicho cuerpo legal.

Al respecto, la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, contenida, entre otros, en el dictamen N° 26.483, de 2009, ha concluido que las personas que prestan servicios a la Administración sobre la base de honorarios, no poseen la calidad de funcionarios y tienen como norma reguladora de sus relaciones con ella, el respectivo convenio, razón por la cual sólo le asisten los beneficios que en aquel se especifiquen.

Por su parte, es necesario indicar que esta Entidad Fiscalizadora en los dictámenes N°s. 32.868 y 57.161, ambos de 2010, ha precisado que en este tipo de convenios, en caso de que el municipio decida -estando...

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