Dictamen nº 14669 de Contraloría General de la República, de 14 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366347702

Dictamen nº 14669 de Contraloría General de la República, de 14 de Marzo de 2012

N° 14.669 Fecha : 14-III-2012

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Adriana Wehrt Palma, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste, de acuerdo a las consideraciones que expresa, el derecho a obtener pensión de montepío, en su calidad de hermana soltera y huérfana de don Luis Wehrt Palma, pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, fallecido el 11 de septiembre del año 2010.

Requerido su informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, manifestó, en síntesis, que ha desestimado tal requerimiento por cuanto ese beneficio le asiste sólo a las hermanas solteras huérfanas, que carezcan de medios propios de vida iguales a una suma equivalente, en ingresos mínimos, a un sueldo vital y medio o más de la Región Metropolitana, o que acrediten invalidez o incapacidad absoluta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 202 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, lo que no ocurre en la especie, ya que la interesada percibe del Instituto de Previsión Social, una jubilación de $155.055.-, la que incluye un aporte previsional solidario de $29.407.-, siendo el monto de la pensión mayor que el límite señalado, toda vez que, en noviembre de 2011, éste asciende a la suma de $39.228.

Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 88 bis de ley N° 18.948, señala, en lo que interesa, que tienen derecho al montepío, en quinto grado, las hermanas solteras huérfanas del causante, que carezcan de medios propios de vida iguales a una suma equivalente en ingresos mínimos, a un sueldo vital y medio de la Región Metropolitana.

Por su parte, el artículo 202, N° 2 del citado D.F.L. N° 1, de 1968, dispone, en lo pertinente, que la hermana soltera huérfana no tendrá derecho a impetrar la pensión, o cesará en el goce de ella, cuando sea mayor de veintiún años o veintitrés si fuere estudiante, a menos que acredite invalidez o incapacidad absoluta, agregando, que tampoco tendrá derecho cuando perciba una renta igual o superior a una suma...

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