Dictamen nº 63685 de Contraloría General de la República, de 7 de Octubre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338098054

Dictamen nº 63685 de Contraloría General de la República, de 7 de Octubre de 2011

N°63.685 Fecha:07-X-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Rodrigo León Samaniego, ex Sargento 1° de Carabineros de Chile, para solicitar el cambio de su causal de retiro, por cuanto, a su juicio, le correspondería una invalidez de segunda clase.

Requerido su informe, la Secretaría General de esa Institución Policial manifiesta, en lo pertinente, que mediante la resolución N° 1.115, de 2010, su Comisión Médica Central determinó que la “Enfermedad de Menniere” que le afecta al interesado lo imposibilita físicamente para continuar prestando servicios.

Agrega que la referida entidad médica, por medio de su resolución N° 654, de 2011, rechazó el cambio de causal impetrado por el peticionario, considerando que no se cumplían los requisitos previstos al efecto en el artículo 98 del D.F.L. N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, que contiene el Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, atendido el tiempo transcurrido desde que se acogió a retiro y el hallazgo de dicha patología.

Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que el inciso primero del artículo 64 de la ley N°18.961, dispone que a la Comisión Médica Central de Carabineros corresponderá exclusivamente el examen del personal, a fin de establecer su capacidad física para permanecer en el servicio o determinar la afección que lo imposibilita para continuar en él.

Asimismo, es dable destacar que de acuerdo al artículo 15 del decreto N° 58, de 1954, en concordancia con el artículo 11 del decreto N° 4, de 1988, del Ministerio de Defensa Nacional, que reglamenta el funcionamiento de las Comisiones Médicas de esa Institución de Orden y Seguridad, el afectado tiene un plazo de dos años, a contar de la fecha de licenciamiento de las filas de la institución, para solicitar una revaluación de los antecedentes clínicos ante dicha comisión.

Sin perjuicio de lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR