Dictamen nº 31969 de Contraloría General de la República, de 19 de Mayo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 278403807

Dictamen nº 31969 de Contraloría General de la República, de 19 de Mayo de 2011

N° 31.969 Fecha: 19-V-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Iván Azócar Lorca, funcionario del Complejo Hospitalario San José, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste al Director del establecimiento la facultad de conceder la asignación de cuarto turno a su voluntad, toda vez que, según expresa, no existiría un criterio establecido para el otorgamiento de tal beneficio.

Como cuestión previa, cabe señalar que se solicitó informe al aludido organismo público el que, a la fecha, no ha sido evacuado, razón por la cual, y dado el tiempo transcurrido, este Órgano de Control emite el presente pronunciamiento sin dicha comunicación.

Sobre el particular, cabe anotar que los artículos 94 y siguientes del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establecen una asignación de turno para el personal de los Servicios de Salud regido por el Estatuto Administrativo y afecto a la escala única de sueldos, que labora efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieran atención las 24 horas del día, durante todos los días del año, en un sistema de turno rotativo integrado por tres o cuatro funcionarios, los que deberán estar formalmente destinados a prestar servicios en puestos de trabajo cuya jornada sea ininterrumpida, a través de resoluciones anuales del Director del Establecimiento.

Es útil añadir, que según lo dispuesto en el inciso tercero del citado artículo 94, la Ley de Presupuestos expresará respecto de cada Servicio de Salud el número máximo de empleados afectos al sistema de turnos integrados por cuatro y por tres funcionarios, determinando, en definitiva, los cupos con los que contará cada uno de ellos, los que serán llenados a través de resoluciones anuales de los directores de los establecimientos, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 96 del mismo texto normativo.

Al respecto, es menester anotar que esta Entidad de Control ha manifestado, entre otros, en su dictamen N° 22.209, de 2011, que a los servidores que cumplan labores de tercer o cuarto turno, les asistirá el derecho a la asignación...

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