Dictamen nº 15347 de Contraloría General de la República, de 14 de Marzo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 261775250

Dictamen nº 15347 de Contraloría General de la República, de 14 de Marzo de 2011

N° 15.347 Fecha: 14-III-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Irene del Carmen Martínez Navarrete, ex funcionaria del estamento técnico del Servicio de Salud Metropolitano Central, para solicitar la revisión del monto percibido por concepto de la bonificación por retiro voluntario, prevista en la ley N° 20.282, pues, en su opinión, se habría incurrido en un error de cálculo.

Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 1° de la ley recién aludida, otorga, hasta en un máximo de 5.600 cupos, la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.209, a los funcionarios que, perteneciendo a las instituciones a que se refiere el inciso primero de dicho artículo, tengan o cumplan sesenta o más años de edad, si son mujeres, y sesenta y cinco o más años de edad, si son hombres, entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2010, y que hagan efectiva su renuncia voluntaria desde el 2 de enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2010, ambas fechas inclusive, añadiendo, el inciso penúltimo de la norma citada en primer término, en lo pertinente, que el monto, la base de cálculo e incremento previstos en el referido artículo primero transitorio, se aplicarán, en cuanto fueren procedentes, para el otorgamiento de la bonificación por la que se consulta.

Luego, es forzoso hacer presente que la mencionada disposición transitoria previene que el beneficio establecido en aquélla corresponde a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados a alguno de los organismos allí señalados -entre los cuales, por cierto, se encuentran los Servicios de Salud-, con un máximo de nueve meses, añadiendo que la remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación será la que resulte del promedio de remuneraciones mensuales imponibles que le haya correspondido al funcionario durante los 12 meses inmediatamente anteriores al retiro, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.

Agrega dicho precepto que las funcionarias tendrán derecho a un mes adicional de bonificación por retiro voluntario y que, asimismo, esta bonificación se incrementará en un mes para aquellos funcionarios de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares o asimilados a ellas, cuyas remuneraciones imponibles sean inferiores a $400.000.- mensuales y para los funcionarios de la planta de...

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