Dictamen nº 16098 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847400660

Dictamen nº 16098 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 2020

N° E16098 Fecha: 03-VII-2020

La Subsecretaría de Redes Asistenciales consulta sobre la forma en que el Hospital Clínico de la Universidad de Chile debe dar cumplimiento a la obligación prevista en los convenios suscritos entre ambas entidades, aprobados mediante las resoluciones N°s. 23, de 2017 y 13, de 2018, de esa secretaría de Estado.

En particular, solicita se precise si los establecimientos de la red pública de salud deben pagar efectivamente, mediante flujo de dinero, al Hospital Clínico de la Universidad de Chile por las prestaciones que este último les otorga en virtud de esos instrumentos. O, si por el contrario, dicho entero debe entenderse efectuado contabilizando las facturas que ese hospital debe emitir por los servicios prestados, hasta alcanzar las sumas de dinero transferidas mediante los citados acuerdos.

Estima que esta última modalidad sería procedente, correspondiendo, en su opinión, que las cantidades facturadas se imputen a los montos previamente traspasados.

Solicitado su informe, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile sostiene que resulta aplicable la primera de las alternativas planteadas, por las razones que expone.

Al respecto, conforme al artículo , letra c), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Redes Asistenciales tiene, entre otras atribuciones, la de celebrar los actos y contratos que por su naturaleza afecten a todos o algunos de los servicios de salud, en las condiciones que dicho precepto indica.

Por su parte, el hospital clínico en comento es un organismo que forma parte de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, razón por la cual, integra su estructura orgánica (aplica criterio contenido en el dictamen N° 49.493, de 2009, de este origen).

A su turno, las asignaciones 16-10-01-33-03-001 de las leyes N°s. 20.981 y 21.053, de Presupuestos del Sector Público para los años 2017 y 2018, respectivamente, contemplaron en el presupuesto de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, recursos para ser transferidos al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, para la adquisición de equipos y equipamiento médico, previendo sus glosas 09, la suscripción de un convenio entre esas entidades y el Decano de la Facultad de Medicina de la referida casa de estudios.

Agregaron dichas glosas, que “el citado convenio deberá contener como contraprestación por parte de dicho Hospital, una canasta de prestaciones a precios preferenciales, definidas por la...

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