Dictamen nº 9536 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 714552673

Dictamen nº 9536 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2018

N° 9.536 Fecha: 12-IV-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ignacio de Iruarrizaga Samaniego, en representación de Desarrollo Inmobiliario Cerro Apoquindo Limitada, solicitando un pronunciamiento que en definitiva incide en determinar la juridicidad y vigencia del plano interpretativo RM-PRMS 04-11 -confeccionado por la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI)-, a través del cual, en lo que atañe, se eliminó una parte del trazado proyectado de la vía Camino Apoquindo, en la comuna de Las Condes, que se encontraba graficado en el plano RM-PRM-92-1A del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), sancionado por la resolución N° 20, de 1994, y modificado en lo pertinente, por la resolución N° 12, de 2010, ambas del atingente Gobierno Regional.

Añade el peticionario, que a través de sus oficios N°s 23, de 2016 y 3.862, de 2017, la SEREMI le habría indicado que la interpretación contenida en el aludido plano RM-PRMS 04-11, no fue considerada en la modificación al PRMS sancionada por la resolución N° 12, de 2010, del pertinente Gobierno Regional, manteniéndose vigente el trazado original.

Recabados sus pareceres, informaron la Subsecretaría y la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana, ambas de Vivienda y Urbanismo, y el enunciado municipio.

Sobre el particular, es dable consignar que el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) -aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, dispone, en lo que concierne, que a la citada cartera le corresponde, a través de las Secretarías Regionales Ministeriales "supervigilar las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización e interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial”.

Luego, que el artículo 7.1.1.2., del PRMS, en su cuadro N° 7, contempla -con el código T7O-, la vía troncal Camino Apoquindo -en el tramo entre la Avenida Paseo Pie Andino y la calle Francisco Bulnes Correa-, con un ancho de 28 metros entre líneas oficiales, lo cual se encuentra graficado en el plano RM-PRM-92-1A, de ese instrumento de planificación territorial.

Enseguida, es menester anotar que la SEREMI a través del citado plano RM-PRMS 04-11 -contenido en su oficio N° 3.073, de 2004-, al efectuar una interpretación de la vialidad que afectaba al predio denominado Santa Rosa de Apoquindo, eliminó el mencionado...

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