Dictamen nº 9402 de Contraloría General de la República, de 26 de Mayo de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 845016255

Dictamen nº 9402 de Contraloría General de la República, de 26 de Mayo de 2020

N° 9.402 Fecha: 26-V-2020

La Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), actual Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), consulta sobre la posibilidad de otorgarle el beneficio de extensión de la asignación de manutención por concepto de pre y post natal a la señora Tania Gajardo Orellana, quien se adjudicó la beca de doctorado en Chile, año Académico 2019, con posterioridad a la fecha en que hizo uso de la licencia de maternidad.

Señala que la interesada solicitó que, dentro del plazo de término su beca, se considere el beneficio de extensión de la misma por concepto de post natal. Agrega que dicho beneficio se otorga desde el inicio del programa de doctorado, lo que respecto de la señora Gajardo ocurrió en marzo de 2016 por un plazo de cuatro años y que, con el aumento requerido, concluiría en septiembre de 2020.

Requerido su informe, el Ministerio de Educación manifestó que si bien el estado de pre y post natal se produjeron durante los estudios de doctorado, la solicitud de la beca y su adjudicación fue con posterioridad a éste, por lo que el requerimiento del beneficio de extensión de la asignación de manutención resulta extemporáneo.

Al respecto, el artículo 4° del decreto N° 335, de 2010, del Ministerio de Educación -que Establece Criterios y Condiciones para Asignar Becas Nacionales de Postgrado-, señala que las becas de doctorado duran como máximo cuatro años, contados desde la fecha de inicio del programa de estudios.

Luego, el artículo 10, N° 1, numeral v, de ese cuerpo reglamentario y el punto 6.1.5 de la resolución exenta N° 1.779, de 2018, de la ex CONICYT -que aprobó las Bases del Concurso de Becas de

Doctorado Nacional, año Académico 2019-, al regular los beneficios que aquella comprende, indican que en caso de embarazo, la becaria podrá hacer uso de una extensión de la asignación de manutención por concepto de pre y post natal, hasta por un máximo de seis meses en total, para lo cual deberá informar sobra dicha situación a CONICYT.

Agregan esos preceptos, que los meses utilizados por este motivo no se considerarán para el cómputo del periodo original de la beca. Finalmente, indican que este beneficio sólo podrá solicitarse durante la vigencia de la beca y que se devengará a partir de la fecha de adjudicación del concurso.

Precisado lo anterior, cabe hacer presente que el citado beneficio tiene la calidad de un derecho que entrega protección a la maternidad de las becarias, de forma...

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