Dictamen nº 92978 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 657431069

Dictamen nº 92978 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2016

N° 92.978 Fecha: 28-XII-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Marcela Marmolejo Rojas, exfuncionaria del Ministerio Secretaría General de Gobierno, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la autoridad, en orden a poner término anticipado a su contrata por no ser necesarios sus servicios.

En su informe, la Subsecretaría de la referida Cartera de Estado manifestó que la decisión que se objeta obedeció a que la interesada incurrió en múltiples equivocaciones que generaron efectos perjudiciales en la contabilidad del Servicio de Bienestar en que laboraba, de lo que se dejó constancia en su evaluación de desempeño.

Como cuestión previa, cabe señalar que según los registros de este Organismo Contralor, se designó a la recurrente en la citada calidad el año 2015, con la cláusula mientras sean necesarios sus servicios, vínculo que se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2016. Sin embargo, mediante la resolución N° 81, de 2016, de la individualizada subsecretaría, se finalizó anteladamente su contrata, acto que fue tomado razón.

Al respecto, resulta pertinente anotar que la nueva jurisprudencia acerca de esta materia, contenida en el dictamen N° 23.518, de 2016, de esta procedencia, ha concluido que cuando una contrata o su prórroga, ha sido dispuesta con la fórmula "mientras sean necesarios sus servicios", la autoridad puede ponerle término en el momento que estime conveniente.

Ahora bien, dicho pronunciamiento exige que el cese anticipado sea fundado, debiendo la superioridad emitir un acto administrativo en que se detallen los antecedentes de hecho y de derecho en que se sustenta, circunstancia que se verificó en la especie, ya que en la aludida resolución se expresó que las labores y responsabilidades que se le encomendaron a la afectada, no se cumplieron según lo requerido por su jefatura directa, agregando que la decisión objetada le fue comunicada a la señora Marmolejo Rojas.

En ese mismo sentido, el informe emitido por la superioridad con ocasión de la presente consulta, reitera dicha afirmación y detalla los múltiples errores que perjudicaron la contabilidad de la unidad en que se desempeñaba la interesada, junto con especificar cómo esas deficiencias quedaron...

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