Dictamen nº 91 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 855946284

Dictamen nº 91 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2021

N° 91 Fecha: 14-I-2021

Se ha dirigido a la Contraloría Regional de Los Lagos, el diputado señor Fidel Espinoza Sandoval, solicitando una investigación respecto de la actuación de la Municipalidad de Fresia en la licitación pública denominada “Reposición de Ganchos y Luminarias comuna de Fresia” -ID 4037-121-LR19-, ya que, según expone, se habrían cometido una serie de irregularidades que terminaron por favorecer a la empresa ING CONST RT SPA-INNICIA, que concurrió a la propuesta en unión temporal de proveedores -UTP- y que no presentó los antecedentes requeridos, por lo que, en su concepto, debió haber sido marginada del proceso licitatorio.

Añade que ninguna de las empresas que conforman la indicada UTP acredita experiencia en instalación de luminarias LED, ya que solo presentan certificados de asesorías personales otorgados entre ellos mismos.

Agrega que la empresa adjudicataria adjuntó declaraciones que no fueron solicitadas en las bases de licitación, presentando, además, una oferta económica muy superior al monto disponible.

Asimismo, indica que el oferente adjudicado tampoco presentó la documentación que acreditara la existencia legal de las empresas que forman la unión temporal de proveedores a través de la cual ofertó, ni la personería de sus representantes y que aquellas no tendrían experiencia en la instalación de luminarias LED, acompañando solo certificados de asesorías personales y otros obtenidos en el extranjero.

Solicitado su informe, la Municipalidad de Fresia manifiesta a través del oficio ordinario N° 737, de 15 de septiembre de 2020, que ese municipio llamó a licitación pública para contratar el mencionado proyecto, resultando adjudicado el oferente Ingeniería Ricardo José Torres Piles E.I.R.L., Rut 76.900.314-2, quien participó a través de una unión temporal de proveedores con la empresa Lotus-Swiss Engineering SpA, Rut 76.594.502-K, dictándose al efecto el decreto alcaldicio N° SE-3.690, de 19 de diciembre de 2019.

Agrega que, con fecha 14 de enero del 2020, recibió un correo electrónico de doña Maritza Vergara Vera, representante legal de la aludida empresa Lotus-Swiss Engineering SpA mediante el cual informó que no es efectivo que su representada haya participado de forma alguna en el indicado proceso de licitación y que, además, se habría falsificado la firma de los representantes legales de dicha sociedad.

Añade, el municipio requerido, que encontrándose pendiente la suscripción del contrato respectivo, el oferente adjudicado formuló una solicitud, el día 9 de enero de 2020, indicando que esa empresa, en el transcurso del proceso de licitación, cambió su denominación social, manteniendo el Rut, por lo que pidió que el contrato se celebrara con el nuevo nombre, esto es, Ingeniería y Construcción Ricardo Torres SpA. Señala que, ante ello, se analizaron los estatutos de ambas sociedades y se constató que las dos fueron constituidas el mismo día, esto es, el 1 de agosto de 2018, por lo que no habría existido modificación alguna como manifestaba el adjudicatario.

Indica que, como consecuencia de la comunicación efectuada por la citada empresa Lotus-Swiss Engineering SpA y los antecedentes señalados, esa entidad...

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