Dictamen nº 89527 de Contraloría General de la República, de 26 de Marzo de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 863231522

Dictamen nº 89527 de Contraloría General de la República, de 26 de Marzo de 2021

Fecha26 Marzo 2021
Tipo de documentoGenerales

Nº E89527 Fecha: 26-III-2021

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección Nacional del Servicio Civil, DNSC, solicitando la reconsideración de los dictámenes Nos 13.021, 14.234, 15.733, 20.268, 27.056 y 30.159, todos de 2018, de este origen, por cuanto estima que, al haberse emitido con posterioridad a la data de publicación de las normas de aplicación general, NAG, dictadas por ese servicio en materias de personal, bajo las resoluciones Nos 1 y 2, ambas de 2017, aquellos contendrían interpretaciones normativas que no coincidirían con el sentido y alcance de algunas disposiciones contenidas en tales resoluciones, por las razones que indica.

Sobre el particular, la letra q) del artículo 2º de la ley orgánica de la DNSC, contenida en el artículo vigésimo sexto de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica, faculta a ese servicio para impartir NAG en materias de gestión y desarrollo de personas a los ministerios y sus servicios dependientes o relacionados a través de ellos, para su implementación descentralizada.

Tales normas tienden a estandarizar materias relativas a reclutamiento y selección de personas, concursos de ingreso y promoción, programas de inducción, programas de capacitación, sistemas de promoción, sistema de calificaciones y otras materias referidas a buenas prácticas laborales.

Asimismo, la indicada disposición legal previene que la DNSC deberá velar por el cumplimiento de las normas que imparta e informar semestralmente a la Contraloría General de la República sobre el particular.

Así, dicha entidad dictó las resoluciones Nos 1, que aprueba NAG en materias de gestión y desarrollo de personas, y 2, que aprueba NAG en materias de participación funcionaria, cumplimiento de estándares en formación y capacitación de funcionarios públicos, entre otras materias, ambas de 2017, para todos los servicios públicos que indica, de conformidad con la facultad establecida en el aludido artículo , letra q), de la ley Nº 19.882, las que fueron publicadas en el Diario Oficial con fecha 10 de noviembre de 2017 y 22 de marzo de 2018, respectivamente, datas en que entraron en vigencia.

Al respecto, corresponde referirse al primer grupo de dictámenes impugnados, los Nos 13.021, 15.733 y 30.159, todos de 2018, los cuales dispusieron que la autoridad administrativa no se encuentra legalmente obligada a convocar a un concurso para proveer cargos a contrata, los que son de libre...

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