Dictamen nº 88 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 855946274

Dictamen nº 88 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2021

N° 88 Fecha: 14-I-2021

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Abogado Secretario de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, mediante el oficio del rubro, quien a instancias de la Diputada señora Maya Fernández Allende, en su calidad de Presidenta de la citada comisión, solicita se le informe sobre el estado actual de la presentación formulada a este Organismo de Control por la Asociación de Funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, relacionada con presuntas irregularidades y eventuales faltas a la probidad en la Escuela Técnica Aeronáutica.

Asimismo, y en atención a la naturaleza jurídica del mencionado servicio público, requiere se ilustre a esa comisión sobre las materias que pertenecen al ámbito de competencia de esta Entidad Fiscalizadora en relación con dicha repartición.

Al respecto, cumple con señalar que la Unidad de Defensa del Departamento de Fuerzas Armadas, Seguridad, Presidencia, Hacienda y Relaciones Exteriores, de esta Entidad de Control, inició una investigación especial sobre las denuncias efectuadas por la citada Asociación de Funcionarios, la que se encuentra actualmente en trámite, y la cual, una vez finalizada, sus resultados serán comunicados oportunamente a todos los peticionarios y publicados en el sitio web institucional.

Respecto a la Dirección General de Aeronáutica Civil -DGAC-, cabe señalar que es un servicio funcionalmente descentralizado y dependiente de la Comandancia en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, cuyas labores están contenidas en la ley N° 16.752, que Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.

A su turno, el decreto N° 222, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el reglamento orgánico y de funcionamiento del anotado servicio, precisa en su artículo 1°, que su misión es "Normar y fiscalizar la actividad aérea que se desarrolla dentro del espacio aéreo controlado por Chile y aquella que ejecutan en el extranjero empresas aéreas nacionales; desarrollar la infraestructura aeronáutica; y prestar servicios de excelencia de navegación aérea, meteorología, aeroportuarios y seguridad operacional, con el propósito de garantizar la operación del Sistema Aeronáutico en forma segura y eficiente".

Ahora bien, la DGAC es una entidad integrante de la Administración del Estado, conforme se ha precisado, entre otros, en los dictámenes Nos 11.794, de 2000 y 72.739, de 2015, ambos de...

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