Dictamen nº 8243 de Contraloría General de la República, de 23 de Abril de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 844427471

Dictamen nº 8243 de Contraloría General de la República, de 23 de Abril de 2020

N° 8.243 Fecha: 23-IV-2020

Se han dirigido a esta Contraloría General los diputados Manuel Monsalve Benavides y Daniella Cicardini Milla, para solicitar un pronunciamiento que determine la responsabilidad que pudiese tener una autoridad al resolver acerca de la no renovación, renovación en condiciones diversas o término anticipado de una contrata, en contravención o con infracción a la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control relativa a la confianza legítima, y a las instrucciones impartidas en la materia a los jefes superiores de los servicios, mediante la circular N° 21, de 2018, del Ministerio de Hacienda.

Señalan los recurrentes, en síntesis, que la sucesión de hechos como la reincorporación de funcionarios a contrata desvinculados o contratados en condiciones diversas por actos declarados ilegales en sede judicial o administrativa, en la práctica ha ocasionado un perjuicio o gasto para el erario fiscal que pudo ser evitado si la respectiva autoridad hubiese resuelto tales ceses de funciones en conformidad con la jurisprudencia administrativa dictada en la materia.

En primer lugar, en lo que atañe a la circular N° 21, de 2018, del Ministerio de Hacienda, que entrega orientaciones generales sobre el proceso de renovación del personal a contrata, cabe recordar que esta Entidad de Control ha señalado que las directrices que puedan impartir instrumentos como este para tales fines, no son vinculantes para el jefe de servicio, pues este último es quien decide acerca de la incorporación y término de las labores de los empleados que se requieran, de acuerdo con las necesidades de cada institución, tal como se expuso en los dictámenes Nos 14.679, de 2016 y 20.790, de 2017.

Por otra parte, es del caso señalar que según lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución Política, en armonía con lo preceptuado en los artículos , y de la ley N° 10.336, entre las facultades de esta Entidad de Fiscalización se encuentra la de ejercer el control de legalidad de los actos de la Administración, en particular, la de emitir dictámenes, los que constituirán jurisprudencia administrativa, en asuntos que se relacionen con el régimen estatutario de los funcionarios públicos.

En este contexto, este Ente de Control ha sostenido en el dictamen N° 6.400, de 2018, entre otros, que las continuas renovaciones de las contratas -desde la segunda al menos-, originan en los respectivos servidores la confianza legítima de que tal práctica será...

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