Dictamen nº 77821 de Contraloría General de la República, de 21 de Octubre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 652716045

Dictamen nº 77821 de Contraloría General de la República, de 21 de Octubre de 2016

N° 77.821 Fecha: 21-X-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Paula Vial Reynal, en representación de Lota Protein S.A., para reclamar en contra de la actuación del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, de la Región del Bio Bío, por cuanto habría suspendido la habilitación de los sistemas de pesaje electrónico que individualiza, inscritos a nombre de la mencionada empresa, al margen del debido proceso. Manifiesta que la sanción fue el resultado de una investigación tramitada internamente en el servicio, sin que durante su instrucción se hubiere establecido alguna instancia de defensa y que no fueron informados sino hasta la notificación de la resolución exenta N° 57, de 2016, de esa entidad, que les suspendía el sistema de pesaje, por lo que solicita que se inicien los procedimientos administrativos respectivos.

Requerido de informe, ese servicio manifiesta que no infringió los principios administrativos, por cuanto la medida de suspensión fue impuesta en virtud del ejercicio de potestades que le permiten dictar actos administrativos como los de que se trata, susceptibles de generar efectos desfavorables para los particulares, pero sin que estos constituyan, necesariamente, una manifestación de su poder punitivo o sancionador.

Sobre el particular, el artículo 64 E de la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura establece, en lo que interesa, que los titulares que indica deberán entregar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, SERNAPESCA, la información de desembarque por viaje de pesca, certificada por una entidad auditora acreditada por ese servicio. Para otorgar el certificado, se deberán pesar los desembarques o productos de la pesca en su caso. Dicho sistema de pesaje deberá estar habilitado por el SERNAPESCA. Agrega que la forma, requisitos y condiciones de la certificación y acreditación de las entidades auditoras y del pesaje, así como la periodicidad, lugar, forma de pago y demás aspectos operativos del sistema, serán establecidos por ese servicio mediante resolución.

Luego, el artículo 64 F del mismo texto legal agrega que la habilitación y control de los sistemas de pesaje utilizados para la certificación del desembarque a que se refiere el artículo anterior, corresponderá al SERNAPESCA, así como la verificación de los parámetros metrológicos e inspección de su funcionamiento y uso. Dicho servicio establecerá un procedimiento de habilitación y control de los sistemas de pesaje y un período de calibración y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR