Dictamen nº 76655 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2021
Fecha | 12 Febrero 2021 |
Tipo de documento | Generales |
Nº E76655 Fecha: 12-II-2021
El Jefe del Departamento de Fuerzas Armadas, Seguridad, Presidencia, Hacienda y Relaciones Exteriores de esta Contraloría General consulta acerca de la legalidad y procedencia del derecho otorgado al personal de oficiales y cuadro permanente del Ejército, para racionar un caballar particular por cuenta fiscal, conforme a lo establecido en el capítulo IV de la “Cartilla de administración del ganado caballar y mular en el Ejército”, CAL-06002, aprobada por resolución exenta Nº 6.415/1.892, de 2015, de la División de Logística de dicha rama castrense.
Cabe señalar que se tuvieron a la vista los informes evacuados por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la referida repartición, los que se refieren a lo planteado y a otros aspectos relacionados.
Sobre la materia, cumple con manifestar que, en virtud del artículo 1º, letras a), c) e i), del decreto con fuerza de ley Nº 192, de 1953, del Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Fomento Equino y Remonta (DIGEFER), tiene entre sus atribuciones las de estimular la crianza y difusión de los equinos más convenientes para los intereses nacionales; de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales o administrativas relacionadas con la producción caballar y mular, mejoramiento de las diversas razas, y de propender a la difusión de los deportes ecuestres y crianza del ganado apropiado para tales fines. El artículo 4º puntualiza que un reglamento determinará las normas para su aplicación.
El Reglamento de esa Dirección, aprobado por decreto Nº 126, de 2005, en el Nº 1 de su parte dispositiva, artículo 1, modificado por el decreto Nº 22, de 2019, ambos del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), prescribe que “La Dirección General de Fomento Equino y Remonta del General Carlos Poblete Artigas, con guarnición en La Unión, dependiente de la División Logística, es el organismo rector del desarrollo y administración de la masa caballar y mular del Ejército y encargado del fomento equino en el país y su ámbito de acción en el Ejército está relacionado con todas aquellas unidades institucionales que cuentan en sus orgánicas con ganado caballar o mular y ganado de deporte ecuestre en los respectivos centros ecuestres y a nivel nacional con todos aquellos organismos e instituciones particulares destinadas a la producción y fomento del ganado equino y deportes ecuestres en todas sus especialidades”.
Luego, el artículo 3 establece las misiones específicas de la DIGEFER...
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