Dictamen nº 76246 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 858019918

Dictamen nº 76246 de Contraloría General de la República, de 11 de Febrero de 2021

Fecha11 Febrero 2021
Tipo de documentoGenerales

Nº E76246 Fecha: 11-II-2021

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alberto Piwonka Ariztía, en representación, según expone, de Constructora TRICAM Ltda., solicitando que se arbitren las medidas tendientes a que la Dirección de Vialidad (DV) solucione las partidas proforma denominadas “corta y reforestació n de bosque nativo para la ejecució n de obras civiles” y “corta y reforestació n de bosque para la ejecució n de obras civiles”, ambas del contrato “Mejoramiento Ruta M-80-N, Sector Tregualemu - Limite Regional, Tramo D.M 25,280 al D.M. 35.760, Provincia de Cauquenes, Regió n del Maule”.

Expone el recurrente, en síntesis, que tales trabajos fueron ejecutados a satisfacción de la DV, y que su precio fue íntegramente pagado por su representada, razón por la cual, atendido su carácter de valor proforma, corresponde que dicho servicio le reembolse lo solucionado por ese concepto.

Sobre el particular, y teniendo presente lo informado por la mencionada dirección, es preciso anotar que el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aplicable en la especie- prevé, en su artículo 4°, N° 40, que los valores proforma son aquellos "Rubros que resultan esenciales para el correcto y oportuno desarrollo de los trabajos encomendados, por lo que debe tratarse de labores que sean el necesario complemento de dichos trabajos, que no estén suficientemente definidas para permitir al Contratista valorarlas, en términos que su realización aparezca indispensable para la completa conclusión y posterior utilización de la obra y que deben ser autorizados al menos por el inspector fiscal y el Director correspondiente".

Prosigue esa disposición indicando que "Estas partidas se señalan en el presupuesto oficial y el proponente debe reproducirlas en su propuesta a título meramente informativo, porque los montos reales no se conocen con anterioridad a la licitación, teniendo el contratista derecho a que el Ministerio le reembolse las cantidades efectivas que acredite haber pagado por su ejecución, más el porcentaje que fijen las bases administrativas o sin ningún recargo si éstas nada dicen".

Por otra parte, es menester anotar que de acuerdo a lo informado por la DV, los aludidos trabajos se encuentran contemplados como valores proforma en las respectivas bases de licitación, y que para su realización -según se indica, específicamente, en la minuta informativa acompañada- “la dirección regional coordinó y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR