Dictamen nº 6781 de Contraloría General de la República, de 26 de Enero de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 592836246

Dictamen nº 6781 de Contraloría General de la República, de 26 de Enero de 2016

N° 6.781 Fecha: 26-I-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Norambuena Silva, Presidente de la Asociación de Funcionarios Fenats N° 2 Hospital San José y CDT, para solicitar que se revise el concurso público de ingreso realizado en el Servicio de Salud Metropolitano Norte para proveer cargos vacantes en su planta profesional, pues considera que adolecería de los vicios que expone.

Requerido su informe, el citado organismo manifestó, en síntesis, que el mencionado proceso fue realizado con estricto apego al ordenamiento jurídico.

En primer lugar, el recurrente reclama que a través del referido certamen se habrían provisto cargos de jefatura que no se contemplan en la estructura orgánica de la institución aludida, debiendo existir tales empleos antes de ser concursados.

Al respecto, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista se advierte que, contrariamente a lo alegado por el interesado, aquel procedimiento concursal tuvo por objeto proveer cargos del estamento profesional, 29 de ellos en el grado 14 y 80 en el grado 15, ambos de la E.U.S., los cuales se encuentran establecidos -genéricamente- en el artículo , N° 2, del decreto con fuerza de ley N° 35, de 2008, del Ministerio de Salud, que fijó la planta de personal de ese servicio de salud, por lo que no se advierte la irregularidad mencionada.

Luego, el ocurrente reclama que sería ilegal y arbitrario que se le haya asignado puntaje en la etapa de “Idoneidad y Competencias para el cargo”, a los trabajadores a honorarios de la institución recurrida, que postularon al concurso en estudio, toda vez que solo los empleados públicos tienen tal evaluación de conformidad al título II, párrafo 4°, de la ley N° 18.834, de modo que solo estos debieron obtener puntuación en aquel aspecto.

Sobre el particular, corresponde manifestar que la autoridad goza de libertad para fijar el procedimiento a través del cual se apreciarán los requisitos y méritos de los postulantes y las pautas generales para el desenvolvimiento del concurso, pudiendo establecer las condiciones que estime pertinentes para la ponderación de los diversos antecedentes, siempre en el marco del respeto de la normativa que rige la materia, encontrándose aquella obligada a aplicar dichos lineamientos por igual a todos los candidatos, criterio que se encuentra en armonía con lo sostenido, entre otros, en el dictamen N° 103.241...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR