Dictamen nº 54112 de Contraloría General de la República, de 15 de Julio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548995986

Dictamen nº 54112 de Contraloría General de la República, de 15 de Julio de 2014

N° 54.112 Fecha : 15-VII-2014

Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras María Berríos Maureira, Elizabeth López Martínez y Rosa Zúñiga Mesina, exfuncionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, reclamando porque ese servicio les habría negado su derecho a vacaciones, respecto de lo cual, la autoridad manifestó, en síntesis, que la determinación adoptada se adecuó a la normativa que rige la materia.

A modo preliminar, cumple con precisar que dado que las peticionarias no especifican el período de descanso al cual aluden, este Órgano de Control, en base a los antecedentes acompañados, entiende que se refieren al de los lapsos 2013 y 2014.

Sobre el particular, es menester considerar que el artículo 103 de la ley Nº 18.834, previene, en lo que importa, que el feriado corresponderá a cada año calendario, añadiendo su artículo 105 que quienes se desempeñan en instituciones que dejan de funcionar por un término superior a veinte días dentro de cada año, como acontece con el organismo en el que prestaban labores las interesadas, no gozan de feriado, pero podrán completar el que les correspondiere según sus años de servicios.

Enseguida, resulta pertinente aclarar que de acuerdo con el criterio contenido en el dictamen N° 25.181, de 2004, de este Ente Fiscalizador, los empleados a que se refiere el último precepto legal citado, no se encuentran privados de descanso, sino que están limitados en cuanto a la oportunidad en que pueden hacerlo efectivo, la que se circunscribe a la época de cierre de las entidades que ahí se indican.

Ahora bien, en lo que atañe a las vacaciones del año 2013, es necesario hacer presente que de la documentación adjunta, es posible advertir que el jardín...

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