Dictamen nº 53860 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852250471

Dictamen nº 53860 de Contraloría General de la República, de 23 de Noviembre de 2020

Nº E53860 Fecha: 23-XI-2020

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputados, a requerimiento del Diputado señor Gabriel Ascencio Mansilla, quien solicita un pronunciamiento que determine si se contraviene el principio de probidad administrativa debido al vínculo de parentesco entre el señor Juan José Domínguez Risopatrón, jefe de división de fiscalización de la Superintendencia de Servicios Sanitarios -SISS- y don Vicente Domínguez Vial, miembro del directorio de Aguas Nuevas S.A., y de sus filiales Aguas del Altiplano, Aguas Araucanía, Aguas Magallanes y Aguas Chañar.

Requerido su informe, la enunciada superintendencia manifiesta que una vez efectuada la convocatoria del artículo quincuagésimo segundo de la ley N° 19.882, se resolvió designar en el cargo de jefe de división de fiscalización -empleo de alta dirección pública de segundo nivel jerárquico- a don Juan José Domínguez Risopatrón, quien asumió a contar del 17 de julio de 2017.

Luego, expone que el señor Domínguez Risopatrón recibió en audiencia a un representante de la empresa Aguas Nuevas S.A. los días 26 y 29 de diciembre del año 2017, con el objeto de tratar materias relativas a atención al cliente de dicho grupo de empresas; y analizar la población flotante asociada a la visita papal en Iquique y Temuco, respectivamente.

Por ello, expresa que el día 29 del mismo mes y año, el funcionario comunicó a la jefatura de esa superintendencia los enunciados hechos e hizo presente que es sobrino de un miembro del directorio de dicha empresa, por lo que se resolvió dictar la resolución exenta N° 291, de 2018, que le ordena abstenerse de conocer y resolver en todas aquellas materias que digan relación y/o tenga interés la empresa Aguas Nuevas S.A., así como sus empresas filiales y coligadas, correspondiendo aquello a su subrogante legal. Además, el funcionario en comento agregó tal relación de parentesco en su declaración de intereses y patrimonio.

Finalmente, la SISS expresa que la aludida relación de parentesco no le impide al señor Domínguez Risopatrón ejercer su cargo, sino que le corresponde inhibirse de participar en asuntos en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad y, además, hace presente que, en la especie, no concurrirían las inhabilidades previstas en el artículo 3A de la ley N° 18.902.

En primer lugar, es útil recordar que conforme al artículo 2° de la citada ley N° 18.902, que crea la SISS, a esa entidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR