Dictamen nº 50392 de Contraloría General de la República, de 4 de Julio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548946686

Dictamen nº 50392 de Contraloría General de la República, de 4 de Julio de 2014

N° 50.392 Fecha: 04-VII-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Ximena López Quelopana, exdocente del Centro de Educación Integral de Adultos CEIA, de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, reclamando por el cese de su designación, medida que se dispuso al término de un proceso disciplinario que se ordenó instruir en su contra.

La recurrente señala en su petición, una serie de alegaciones de mérito relacionadas con la improcedencia de los reproches que se le formularon, agregando que se encontraba con licencia médica al momento de tramitarse el proceso disciplinario; que el empleador se negó a recibir esos permisos médicos en el mes de diciembre de 2013; que no tuvo oportunidad de apelar; que no percibió indemnizaciones por su despido; que no se otorgó finiquito al separarla de sus funciones; y que, con la aplicación de la sanción que le afecta, no podría desempeñarse en recintos educacionales municipales por un periodo de cinco años.

Requerida de informe, la aludida entidad alcaldicia adjuntó el expediente sumarial que sirvió de fundamento a la medida impugnada por la interesada.

Como cuestión previa, cabe señalar que mediante el decreto exento N° 790, de 2013, de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, se ordenó instruir una investigación sumaria -posteriormente elevada a sumario administrativo por decreto exento N°1.074, del mismo año y origen-, para establecer la eventual responsabilidad administrativa de la recurrente en los hechos descritos por el director del Centro de Educación Integral de Adultos CEIA en su informe de fecha 4 de abril de 2013.

Luego, cumple con manifestar que a la inculpada se le formularon cargos -a fojas 25- por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo suscrito con el antedicho municipio, al no presentar, durante el transcurso del año 2013, planificaciones de las clases de los cursos 5° y 6° Básico del Centro de Educación Integral de Adultos CEIA; por no mantener al día los libros de clases de esos cursos; y, por realizar conductas que atentan contra la probidad administrativa, al solicitar préstamos de dinero a una alumna, valiéndose de su calidad de docente, generando una presión indebida en aquella estudiante.

Enseguida, se debe anotar que, tal como aparece en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado -SIAPER-, que mantiene este Ente de Fiscalización, mediante el decreto N° 1.759, de 2013, de la...

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