Dictamen nº 44432 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 700324125

Dictamen nº 44432 de Contraloría General de la República, de 22 de Diciembre de 2017

N° 44.432 Fecha: 22-XII-2017

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario de la Cámara de Diputados, mediante el oficio N° 32.764, de 2017, solicitando a requerimiento de la Diputada doña Marcela Hernando Pérez, que se le informe sobre el resultado de un sumario administrativo que el Ministerio de Salud habría ordenado instruir a partir de las conclusiones contenidas en el Informe Final N° 11, de 2013, de la Contraloría Regional de Antofagasta, sobre auditoría y examen de cuentas practicado al Contrato Construcción del Hospital Doctor Carlos Cisternas de Calama, adjudicado y ejecutado por el Servicio de Salud Antofagasta, en adelante SSA, en particular, respecto de la aprobación del estado de pago N° 30, para cuyo desembolso se utilizaron recursos públicos que no estaban destinados para financiar la ejecución de la obra en comento.

En efecto, en su presentación, la recurrente precisó que según la información que maneja, producto de su participación en la Comisión Especial Investigadora de las eventuales irregularidades en los procesos de inversión pública en infraestructura hospitalaria, de la Cámara de Diputados, creada por acuerdo de 15 de abril de 2014, el Ministerio de Salud habría iniciado una investigación sumaria para determinar la participación de las autoridades de salud de la época en relación con la materia, no obstante, a la fecha de su requerimiento no tenía antecedentes que confirmaran su efectiva realización.

Como cuestión previa, cabe anotar que en el citado informe final se advirtió, en lo que importa, que el SSA pagó $ 200.000.000 a la empresa contratista Consorcio Comsa Pilasi S.A., mediante el egreso N° 1.296, de 31 de mayo de 2013, correspondiente a una parcialidad del monto líquido total del referido estado de pago N° 30, emitido el 10 de abril del mismo año. Dicho pago fue autorizado por medio de la resolución exenta N° 2.133, de 2013, del entonces Director (S) del SSA, don Claudio Espinoza Aedo, utilizando fondos de la cuenta corriente N° 02509102409, del Banco del Estado de Chile, que no estaban destinados para atender las obligaciones emanadas de dicho contrato, afectándose con ello el principio de legalidad del gasto.

Ahora bien, cumple con señalar que las jefaturas del Departamento de...

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