Dictamen nº 4357 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 703369581

Dictamen nº 4357 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 2018

N° 4.357 Fecha: 06-II-2018

Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 80, de 2017, que pone término al contrato de trabajo de don Mauricio Garrido Bravo, por haber incurrido en la causal de cese contemplada en el artículo 160, N° 3, del Código del Trabajo, por ajustarse a derecho, pero cumple con hacer presente, en armonía con lo informado en el dictamen N° 69.958, de 2015, de este origen, que la notificación del acto administrativo con el que se afina un procedimiento disciplinario ha de efectuarse con posterioridad a su toma de razón, y no como ocurrió en la especie, en que le fue comunicado al afectado antes de su total trámite ante esta Entidad de Control.

Asimismo, esa superioridad deberá comunicar a esta Entidad de Control la data de notificación del aludido acto administrativo al afectado, adjuntando la constancia pertinente, a fin de computar el plazo de impedimento de ingreso a la Administración del Estado que establezcan las disposiciones legales vigentes, en relación con la referida circunstancia, conforme con el criterio contenido en dictamen N° 18.471, de 2016, de esta procedencia.

Por su parte, tratándose de la resolución N° 139, de 2017, de esa Dirección de Bienestar, a través de la cual se rectifican las letras A) y C), de la parte resolutiva de la referida resolución N° 80, de la misma anualidad y dependencia, cabe anotar que se procede a cursar el primer acto administrativo mencionado en este párrafo, haciendo presente que, en lo sucesivo, instrumentos como el de la especie deben ser notificados con posterioridad a su toma de razón, no como sucedió...

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