Dictamen nº 43038 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548971438

Dictamen nº 43038 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 2014

N° 43.038 Fecha: 13-VI-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Presidenta del Senado, a requerimiento del Senador Baldo Prokurica Prokurica, consultando si la señora Laura Albornoz Pollmann y los señores Dante Contreras Guajardo y Oscar Landerretche Moreno, satisfacen el requisito de experiencia fijado en la letra b) del artículo A del decreto ley N° 1.350, de 1976, que crea la Corporación Nacional del Cobre de Chile, en adelante CODELCO, para ser directores de esa entidad, solicitando, además, que se indiquen los antecedentes que respaldarían el cumplimiento de tal exigencia.

Idéntica presentación se hizo ante la Superintendencia de Valores y Seguros, organismo que la derivó a esta Institución Fiscalizadora para su resolución.

A su turno, el Prosecretario de la Cámara de Diputados, a petición de la Diputada Paulina Núñez Urrutia, solicita que se indique si los señores Contreras Guajardo y Landerretche Moreno poseen los requisitos establecidos en el artículo 8° A del referido decreto ley, esto es, la satisfacción de la mencionada experiencia; tenencia de título profesional y, además, no encontrarse afecto a alguna de las inhabilidades anotadas en el literal a) de ese precepto.

Requerida al efecto, la Subsecretaría de Minería expresó que las personas señaladas en el párrafo precedente cumplen las condiciones dispuestas en la ley. Por su parte, CODELCO informó que los nombramientos cuestionados son una materia que compete a la Presidenta de la República y en la cual no tiene injerencia.

Sobre el particular, cabe apuntar que el artículo 8° A, letra b), del decreto ley N° 1.350, de 1976, previene, en lo que interesa, que sólo podrán ser nombrados directores de esa entidad, quienes acrediten una experiencia profesional de a lo menos cinco años, continuos o no, como director, gerente, administrador o ejecutivo principal en empresas públicas o privadas, o en cargos de primer o segundo nivel jerárquico en servicios públicos.

En relación con lo anterior, es útil destacar que el reseñado precepto legal, que se refirió expresamente a los requisitos que deben cumplir los aludidos directores, fue incorporado por la ley Nº 20.392, publicada en el Diario Oficial el 14 de noviembre de 2009, cuerpo normativo que, entre otras materias, buscó modernizar y profesionalizar el gobierno corporativo de CODELCO, según se consigna en el mensaje con que el pertinente proyecto de ley fue enviado al Congreso Nacional.

Asimismo, es conveniente hacer...

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