Dictamen nº 42768 de Contraloría General de la República, de 6 de Diciembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699245401

Dictamen nº 42768 de Contraloría General de la República, de 6 de Diciembre de 2017

N° 42.768 Fecha: 6-XII-2017

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gonzalo Azócar Delgado, exfuncionario de Carabineros de Chile, quien expone una serie de hechos relacionados con su desvinculación de esa entidad policial, los que, a su juicio, serían irregulares.

Al respecto, se debe recordar que esta Entidad de Control, a través del dictamen N° 94.175, de 2016, ratificado por el oficio N° 33.185, de 2017, determinó que el reclamo en contra de su calificación en lista N° 4, de eliminación -producto de la cual expiró en funciones-, fue presentado extemporáneamente, pues conforme con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, los empleados de dicha entidad incluidos en esa nómina pueden requerir se revise esa evaluación siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante este Órgano de Control, dentro del plazo fatal de un año contado desde el retiro, exigencia que no se cumple, ya que el cese del requirente se produjo a contar del 1 de agosto de 1998 y reclamó, por primera vez, el 23 de diciembre de 2016, por lo que se desestima su pretensión.

En ese último pronunciamiento se precisó, en lo concerniente a un eventual pago por concepto de indemnización de desahucio, que lo que se la habría interesado fueron las cotizaciones realizadas al fondo de desahucio y no la reseñada indemnización; además, se agregó que el goce de licencia médica no impidió ordenar su cese, toda vez que dicho reposo no le confirió inamovilidad, añadiéndose acerca de una supuesta negligencia médica, que tal materia tiene un carácter litigioso sin que esta Contraloría General pueda intervenir o informar ese tipo de asuntos.

Luego, en el citado oficio N° 33.185, de 2017, se puntualizó que el plazo para requerir la instrucción de sumarios administrativos por accidentes en actos de servicios que el señor Azócar Delgado sostiene...

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