Dictamen nº 41088 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580858346

Dictamen nº 41088 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2015

N° 41.088 Fecha: 22-V-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Daniela López Espinoza, exfuncionaria que se desempeñaba en la Escuela Ciudad de Lyon de la Municipalidad de El Bosque, reclamando que se le adeudan, además del bono de desempeño laboral contemplado en el artículo 30 de la ley N° 20.799, los estipendios previstos en la ley N° 19.464.

Requerido informe al municipio, este manifestó que la docente fue contratada el 1 de diciembre de 2011, para desempeñarse como profesora en el marco del programa de integración escolar, relación laboral que se encontraba regida por el Código del Trabajo, cesando en sus funciones el 28 de febrero de 2014, por la causal prevista en el artículo 161 de ese texto legal, esto es, por necesidades de la empresa.

Agrega, que a la peticionaria no le corresponde percibir los beneficios pecuniarios previstos para los asistentes de la educación, toda vez que de conformidad al pronunciamiento contenido en el oficio N° 80.648, de 2014, de este Organismo Fiscalizador, en consideración a que desempeñaba actividades docentes especiales en un proyecto de integración escolar, debió regirse por la ley N° 19.070, y no por el Código Laboral, por lo que la Municipalidad de El Bosque debía regularizar la situación de la exfuncionaria, adoptando las medidas pertinentes para obtener la restitución de los montos indebidamente pagados al término de sus servicios.

Por su parte, la jefa de la División Jurídica del Ministerio de Educación, a requerimiento de esta Entidad Contralora, señaló, en síntesis, que en este caso no puede emitirse un pronunciamiento respecto de los beneficios reclamados, toda vez que no se aportaron antecedentes suficientes que permitan determinar si la señora López Espinoza tiene derecho a esos estipendios.

Precisado lo anterior, y en lo que dice relación con el oficio N° 80.648, de 2014, de esta Contraloría General, se debe recordar que dicho pronunciamiento -originado en la presentación efectuada ante este Organismo de Control por funcionarios de la Municipalidad de El Bosque, entre los que se encontraba la señora López Espinoza, quienes reclamaron que ese ente edilicio no les pagaba sus correspondientes finiquitos-, concluyó, por una parte, que la interesada percibió las sumas pertinentes por el cese de sus servicios y, por otra, que atendido que realizó labores docentes en un proyecto de integración escolar, debió ser nombrada de conformidad con las normas de la ley N° 19.070, y no por las...

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