Dictamen nº 39604 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 640748389

Dictamen nº 39604 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2014

N° 39.604 Fecha: 4-VI-2014

Las Contralorías Regionales del Bío-Bío, de Coquimbo, de Los Lagos y de La Araucanía han remitido a esta Sede Central las presentaciones de las Municipalidades de Los Ángeles, Coquimbo, Purranque, Temuco y Victoria, respectivamente, mediante las cuales se formulan diversas consultas acerca del mecanismo de traspaso de los recursos a que se refiere la ley N° 20.744, que faculta excepcionalmente a las municipalidades a transferir ciertos fondos a las empresas que indica, como asimismo acerca del destino de aquellos.

Requeridas sobre la materia la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda, la Asociación de Municipalidades de Chile y la Asociación Chilena de Municipalidades, solo esta última evacuó el correspondiente informe dentro del plazo establecido al efecto, por lo que se procederá a emitir el pronunciamiento de la especie con prescindencia de los restantes.

Como cuestión previa cabe señalar que ley N° 20.713, de Presupuestos del Sector Público del año 2014, en su partida 05, capítulo 05, programa 03, subtítulo 24, ítem 03, asignación 403, glosa 02, letra b), contempla recursos correspondientes a M$15.691.066, destinados a ser transferidos a las municipalidades del país.

Precisa la letra b) de la mencionada glosa, que los referidos montos serán distribuidos entre todos los municipios, mediante resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la forma que indica, en proporción al número de predios exentos del pago del derecho de aseo -en virtud de lo establecido en el artículo 7° del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales- existentes en cada comuna, en proporción al número total de predios exentos del pago de dichos derechos existentes en el país.

A su vez, es necesario precisar que tales fondos fueron distribuidos mediante la resolución N° 312, de 23 de diciembre de 2013, de la mencionada subsecretaría, entre todos los municipios del país, y transferidos en el mes de enero de 2014, emitiendo la misma repartición, con ocasión de ello, la circular N° 17, de 14 de febrero de la misma anualidad, dirigida a todas las autoridades alcaldicias, en la cual se hace presente, en su N° 2, que “la compensación por predios exentos del pago del derecho de aseo se incorporó por primera vez en la Ley de Presupuestos del año 2014, y que conforme a lo estipulado en el punto N° 6 del Acuerdo de la Mesa Técnica de Trabajo de Recolectores de Residuos Domiciliarios, los Alcaldes Presidentes de la Asociación Chilena de Municipalidades y de la Asociación de Municipios de Chile, en representación de sus respectivas asociaciones de municipalidades, se comprometieron a destinar estos recursos a ‘mejorar las condiciones de remuneraciones de los trabajadores de aseo’”.

Luego, atendido que la citada ley de presupuestos, al contemplar fondos por concepto de compensación por predios exentos del pago del derecho de aseo no estableció ninguna finalidad específica a la cual estos debían ser destinados por parte de los municipios, se dictó la mencionada ley N° 20.744, la cual, en su artículo único, facultó excepcionalmente a las entidades edilicias del país a traspasar a empresas proveedoras del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios, por una sola vez, recursos con el objeto de que sean destinados por estas exclusivamente a sus trabajadores, declarando por bien transferidos aquellos que, a la fecha de publicación de esa ley, ya se hubieran entregado a las precitadas empresas con dicho fin.

Puntualizado lo anterior, cabe indicar que la primera...

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