Dictamen nº 39472 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645371453

Dictamen nº 39472 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2016

N° 39.472 Fecha: 27-V-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Superintendencia de Educación, para solicitar un pronunciamiento que determine el procedimiento para la aplicación de una sanción disciplinaria a una funcionaria que cesó antes de que dicho castigo fuese impuesto, incorporándose a otro servicio, sin solución de continuidad.

Al respecto, en síntesis, manifiesta que al término del sumario administrativo incoado en contra de la exfuncionaria que indica, se decretó la medida disciplinaria de multa del 20% de su remuneración mensual, y que en atención a que aquélla pasó a desempeñarse, sin solución de continuidad, en la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias -ODEPA-, remitió todos los antecedentes a este último organismo, para que procediera a aplicar dicha sanción, lo que no se verificó por la negativa de esta entidad, por las razones que señala.

Requerido de informe, este último servicio manifiesta que no efectuó la mencionada gestión debido al hecho que la resolución que le remitió la Superintendencia de Educación, no señalaba los fundamentos para la aplicación de la sanción, ni expresaba que ésta debía disponerse por parte de ODEPA, agregando que tampoco había sido tomada razón previamente, pero que luego de aclarar la situación, se encuentra a la espera de que le envíen el expediente sumarial para imponer el referido castigo.

Sobre el particular, cabe recordar que la reiterada jurisprudencia de esta Entidad de Control, ha manifestado, entre otros, en el dictamen N° 48.844, de 2014, que en la medida que un servidor mantenga ininterrumpidamente la calidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR