Dictamen nº 39404 de Contraloría General de la República, de 8 de Noviembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 697098897

Dictamen nº 39404 de Contraloría General de la República, de 8 de Noviembre de 2017

N° 39.404 Fecha: 08-XI-2017

Mediante el dictamen de la suma, esta Contraloría General concluyó -en relación a lo señalado por la Municipalidad de Santiago respecto de que para emitir la patente comercial a que se refiere el dictamen N° 55.965, de 2016, de este origen, resulta necesaria la obtención del cambio de destino del inmueble del caso, de conformidad con lo previsto en la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria-, que los antecedentes adjuntados por la singularizada corporación no dan cuenta de que la atingente construcción se hubiere acogido, en su oportunidad, a las disposiciones de la ley N° 6.071, sobre Propiedad Horizontal, ni permiten apreciar, en caso de que así sea, si el cambio de destino de la unidad es una materia regulada por un reglamento de copropiedad o por la enunciada ley N° 19.537, según lo establecido en el artículo 49, de este último cuerpo normativo.

En razón de ello se determinó que lo consignado por ese municipio se ajustaría a derecho solo en la medida de que al edificio en comento fuere aplicable la citada ley N° 19.537, circunstancia que no constaba en la especie, por lo que esa repartición debía informar a esta Sede de Control acerca de la regulación aplicable al efecto, y de las acciones adoptadas como consecuencia de aquella, en el término que ahí se expresa.

Pues bien, en esta oportunidad, la Dirección de Asesoría Jurídica de la nombrada entidad edilicia manifiesta, en resumen, que según se aprecia en los antecedentes que acompaña, el edificio del caso se acogió en su oportunidad a la ley N° 6.071, de modo tal que, según indica, la interesada debe solicitar el cambio de destino antes mencionado, en forma previa al otorgamiento de la aludida patente.

Sobre el particular, es menester apuntar que no obstante los documentos acompañados, lo informado por esa corporación no resulta suficiente para colegir que el pertinente inmueble se rige, en lo que atañe, por las...

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