Dictamen nº 3899 de Contraloría General de la República, de 1 de Febrero de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 702949801

Dictamen nº 3899 de Contraloría General de la República, de 1 de Febrero de 2018

N° 3.899 Fecha: 01-II-2018

La Contraloría General de la República, en virtud de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de aquellas establecidas en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, viene en impartir las instrucciones relacionadas con el cumplimiento y la aplicación de la normativa contable aprobada por el oficio circular N° 60.820, de 2005 y las instrucciones impartidas en el oficio circular N° 54.977, de 2010, ambos de esta Entidad Fiscalizadora, sobre la preparación y presentación de los Estados Financieros, que permitan determinar la situación financiera, presupuestaria y patrimonial de las municipalidades, al término del ejercicio contable correspondiente al año 2017.

A partir de dicho ejercicio, todos los municipios del país deberán remitir sus Estados Financieros de acuerdo con las siguientes instrucciones.

  1. Consideraciones generales

    Los Estados Financieros que corresponde preparar son los siguientes:

    -Estado de Situación Patrimonial o Balance General;

    -Estado de Resultados;

    -Estado de Situación Presupuestaria;

    -Estado de Flujos de Efectivo;

    -Estado de Cambios en el Patrimonio Neto; y

    -Notas Explicativas.

    Con el objeto de facilitar la preparación y remisión de los referidos estados, esta Contraloría General, en uso de las atribuciones que le competen en esta materia, ha diseñado formatos para cada uno de estos que consideran el diseño básico de los mismos, los que se incluyen en el anexo A adjunto. Así mismo, en el anexo B, se presenta la reclasificación de las cuentas, que deben agruparse de acuerdo a su estructura.

    Los Estados Financieros deberán incluir el movimiento contable consolidado a nivel de cada municipio, el que comprenderá tanto la gestión municipal como los servicios traspasados de educación, salud y cementerios, según corresponda y presentar las cifras en miles de pesos (M$). Esta consolidación no deberá incluir a las Corporaciones Municipales, en los casos en que existan tales entidades, por cuanto en dicho caso deberá estarse a lo señalado en el punto N° 3 del presente instructivo.

  2. Acerca de la preparación de los Estados Financieros

    Previo a la emisión de los referidos estados, los municipios deberán tener presente las instrucciones impartidas por, este Organismo Contralor en el Oficio Circular N° 20.101, de marzo de 2016, como también las normas relativas al cierre del ejercicio contable contenidas en el Oficio N° 44.414 de diciembre de 2017. Esas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR