Dictamen nº 3859 de Contraloría General de la República, de 1 de Febrero de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 702950385

Dictamen nº 3859 de Contraloría General de la República, de 1 de Febrero de 2018

N° 3.859 Fecha: 01-II-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Marcos Herrera Chirino, abogado, en representación de don Gabriel Bahamondes de Souza, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, quien señala que con motivo del sumario administrativo que se instruyó para verificar si a su mandante le asiste el derecho a obtener una invalidez de segunda clase, la Comisión Médica Institucional emitió un informe favorable, no obstante lo cual, el Director General de ese organismo policial solicitó un nuevo pronunciamiento al citado ente colegiado, actuación que el ocurrente reclama se habría realizado con la finalidad de dilatar dicho procedimiento.

En su informe, la Policía de Investigaciones de Chile expresó que la investigación en cuestión se encuentra en trámite, a la espera de que su Comisión Médica emita el pronunciamiento que, en uso de sus facultades, solicitó el Director General de esa entidad.

Sobre el particular, es necesario indicar, tal como lo ha señalado esta Institución de Fiscalización en su dictamen N° 35.034, de 2014, entre otros, que los sumarios administrativos son procedimientos que, en la especie, se encuentran reglados en el decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, normativa que no otorga facultades a esta Entidad de Control para emitir una opinión anticipada a su respecto, y acerca de cuya licitud podrá pronunciarse al efectuar el examen previo de legalidad del acto de término que los afine, de ser ello procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 10, de 2017, de este origen, por lo que ha debido abstenerse de referirse a esa materia.

No obstante lo anterior, se ha considerado necesario hacer presente que el artículo 73 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, preceptúa que corresponderá exclusivamente a la Comisión Médica de Investigaciones el examen del personal de la institución, a fin de informar acerca de su capacidad física para seguir en el servicio, o la clase de invalidez que los imposibilitare para continuar en él, añadiendo en su inciso segundo que, antes de que se resuelva sobre la materia, cuando la autoridad pertinente lo estime oportuno, o el afectado lo solicite, podrán requerirse ampliaciones del informe médico, acerca de determinados aspectos del mismo, o sobre posibles consecuencias posteriores de la invalidez establecida.

Por su parte, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR