Dictamen nº 37912 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 849685898

Dictamen nº 37912 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 2020

Nº E37912 Fecha: 23-IX-2020

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio Médico Legal, solicitando un pronunciamiento que determine si, en el marco de la pandemia por el COVID-19, resulta procedente que sus funcionarios, para ser eximidos del ejercicio de sus labores presenciales, entreguen una declaración jurada con información relativa a su estado de salud, en que detallen la enfermedad precisa que los afecta o acompañen una certificación médica que indique en términos generales la existencia de alguna de las patologías de riesgo definidas por la autoridad sanitaria.

Por su parte, el prosecretario de la Cámara de Diputados a requerimiento del diputado señor Gabriel Silber Romo, requiere que se precise si se ajustan a derecho las acciones que habría iniciado el Instituto de Desarrollo Agropecuario -Indap-, al exigir a su personal la suscripción obligatoria de una declaración como la descrita. Tal situación, según denuncia una persona bajo reserva de identidad, también ocurriría en la Dirección General de Obras Públicas.

A su turno, otra persona bajo reserva de identidad reclama que el Ministerio de Bienes Nacionales estaría solicitando datos de salud de manera voluntaria, en circunstancias que a su juicio, ello debiera ser obligatorio para todos quienes tengan conocimiento de padecer alguna enfermedad de base, pues de lo contrario se produciría una falsa noción de responsabilidad respecto de los funcionarios que presentando alguna afección, opten por realizar de todas formas trabajo presencial.

Requeridos sobre el particular, tanto el Indap como los ministerios de Obras Públicas y de Bienes Nacionales, señalaron que las declaraciones juradas que se han implementado son de carácter voluntario y que en las mismas no es necesario mencionar una enfermedad específica, sino solo la circunstancia de pertenecer a algún grupo de riesgo o encontrarse en una situación especial para efectos de poder establecer quiénes deben ejercer sus funciones en modalidad de trabajo remoto o presencial. El primero de los anotados ministerios precisa, además, que en el caso de enfermedades, se solicita acompañar un certificado médico para fundamentar la decisión que se adopte, pero que en aquel no es indispensable mencionar la patología concreta de que se trate.

Los ministerios del Interior y Seguridad Pública, Secretaría General de la Presidencia, de Salud, de Hacienda, de Justicia y Derechos Humanos y de Agricultura, así como el Servicio Civil, también...

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