Dictamen nº 37651 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 641485433

Dictamen nº 37651 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2016

N° 37.651 Fecha: 20-V-2016

Los señores Sergio Baeza González, Presidente de la Confederación de Trabajadores Portuarios de Chile (COTRAPORCHI), y Roberto Rojas Montoya, Presidente de la Confederación Marítima de Chile (COMACH) y del Sindicato N° 1 Portuarios Eventuales Valparaíso, se han dirigido a esta Contraloría General consultando sobre la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo por el otrora Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva, en relación con la suscripción del denominado “Protocolo de Acuerdo Puesta en Marcha del Servicio de Cargas Limpias en Importación de Mercancías en Puerto Valparaíso”, de fecha 30 de enero de 2015.

Los recurrentes exponen que a partir de diciembre de 2014, esa autoridad regional inició una serie de acciones tendientes a implementar el “Servicio de Cargas Limpias”, que consiste, por un lado, en que las cargas de importación que deban ser objeto de fiscalización por los servicios públicos, sean entregadas al transportista final en los terminales portuarios o en la Zona de Extensión de Apoyo Logístico (ZEAL), una vez concluido el proceso de internación, y, por el otro, en que el traslado de las mercancías desde el recinto portuario de Valparaíso hasta dicha zona -ambos de la Empresa Portuaria Valparaíso (EPV)- para efectos de tal fiscalización, sea efectuado por “ZEAL Sociedad Concesionaria S.A.” (ZSC) o el almacenista portuario.

Explican que con ese fin, el entonces Intendente Regional, en conjunto con la Asociación Nacional de Agentes de Aduanas y ZSC, suscribió el mencionado protocolo de acuerdo -en cuyo texto se describe el “Servicio de Cargas Limpias” en los términos anotados en el párrafo precedente- sin contar con atribuciones para intervenir en el funcionamiento del sector privado.

Añaden que el establecimiento del cuestionado servicio producirá la pérdida de fuentes de trabajo en el Puerto de Valparaíso, y el pago de mayores costos por parte de los consignatarios por concepto del “flete corto” que se cobra con motivo del traslado de las mercancías a la ZEAL, y los demás relacionados con su almacenamiento y manipulación en esa zona, afectando así la competitividad del singularizado puerto y la libre competencia.

Con posterioridad a su primera presentación, los reclamantes acompañaron fotocopia del oficio N° 2.505, de 2015, del Servicio Nacional de Aduanas (SNA), que, en su opinión, acreditaría la participación del señor Bravo Oliva como coordinador en la implementación del “Servicio de Cargas Limpias”.

Además, adjuntaron una fotocopia del borrador del “procedimiento administrativo para el retiro de las cargas manifestadas a un determinado Recinto de Depósito Aduanero”, elaborado por el SNA, el cual estiman arbitrario e ilegal, aunque sin indicar algún cuestionamiento sobre este punto.

Requerido de informe, el Intendente Regional de Valparaíso expresa que la paralización nacional convocada por el gremio de los dueños de camiones de esa región, que se...

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