Dictamen nº 36887 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 849515233

Dictamen nº 36887 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2020

Nº E36887-2020

Mediante el dictamen de la suma, esta Contraloría General atendió una presentación del señor Álvaro Llompart Cosmelli, en la que solicitaba un pronunciamiento que incidía en determinar la juridicidad del oficio N° 4.382, de 2017, y de la resolución exenta N° 134, de 2018, ambos de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI), a través de los cuales consignó que el proyecto de subdivisión del predio rural que indicaba el interesado, emplazado en la comuna de Pirque, no cumplía con la norma urbanística de superficie de subdivisión predial mínima definida en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), sancionado por la resolución N° 20, de 1994, del pertinente Gobierno Regional.

Al respecto, y en lo que interesa, se determinó que la preceptiva sobre superficie de subdivisión predial mínima del área P.E.D.C.1, establecida en el artículo 8.3.1.2. del PRMS no se ajustaba a derecho, pues considera una aplicación diferenciada en atención al uso de suelo, aspecto que ha sido reparado en la jurisprudencia esta Sede de Control, entre otros, en los dictámenes N°s 38.145, de 2011, 76.619, de 2013, 43.602, de 2015, 10.365, de 2017 y 499, de 2018.

Por lo anterior, y también en lo que atañe, se instruyó a esa secretaría adoptar las medidas necesarias a fin de adecuar el instrumento de planificación territorial en comento, de manera tal que la normativa atingente a los procesos de división del suelo sea fijada en relación con la zona o área de que se trate y no en función del uso de suelo, dando cuenta de ello del modo que ahí se detalló.

En esta oportunidad, se ha dirigido a este Órgano de Fiscalización la SEREMI, informando que su Departamento de Desarrollo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR