Dictamen nº 35768 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 641112965

Dictamen nº 35768 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 2016

N° 35.768 Fecha:16-V-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Alcalde de la Municipalidad de Linares, quien solicita la reconsideración del oficio N° 9.935, de 2015, de la Contraloría Regional del Maule, el que, aplicando el criterio contenido en el dictamen N° 88.979, de 2014, de este origen, concluyó que la persona que individualiza -a esa data contratado asimilado al estamento administrativo-, se encontraba inhabilitado para ingresar a la Administración, por haber sido objeto de más de una condena en sede penal.

De manera preliminar cabe señalar que la ley N° 20.702 modificó los artículos 12 y 10 de las leyes Nos 18.834 y 18.883, sobre Estatuto Administrativo y Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, respectivamente, que fijan los requisitos de ingreso a empleos regidos por esos cuerpos normativos, reemplazando sus letras f) por una del siguiente tenor:

“no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal”.

La indicada modificación tuvo su origen en una moción parlamentaria que tenía por objeto limitar la prohibición de ingreso antes mencionada, propendiendo la reinserción laboral de quienes han delinquido, para lo cual se propuso introducir en el indicado artículo 12 de la ley N° 18.834, que establecía el impedimento de ingreso por condena por crimen o simple delito, una excepción a este último, en el sentido de que tratándose de auxiliares y administrativos la limitación sólo opera en casos de condenas por delitos que tengan asignada pena de crimen.

Dicha moción contó con el respaldo del Ejecutivo, el cual, a propósito de una indicación a la norma propuesta, insiste en la importancia de la reinserción laboral para la rehabilitación de quienes han delinquido, y del papel que al Estado le compete en esa tarea, permitiendo la incorporación de aquellos en sus organismos.

Expuesto lo anterior, es preciso señalar que el aludido dictamen N° 88.979 sostuvo que la excepción a la inhabilidad de ingreso de que se trata beneficia a aquellos que deseen pertenecer a las plantas de auxiliares o...

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