Dictamen nº 34705 de Contraloría General de la República, de 4 de Mayo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 569289614

Dictamen nº 34705 de Contraloría General de la República, de 4 de Mayo de 2015

N° 34.705 Fecha: 04-V-2015

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento de la suma, que aplica la medida disciplinaria de censura al señor Juan Segovia Álvarez, al término del sumario administrativo instruido como consecuencia de las observaciones contenidas en el párrafo III, N° 2, del Informe de Seguimiento del Informe Final N° 27, de 2010, de este origen -sobre auditorías a contratos de conservación de aeropuertos, del Ministerio de Obras Públicas-, relativas a la falta de control de calidad exigido en las especificaciones técnicas del contrato “Conservación Rutinaria Aeropuerto Arturo Merino Benítez 2009-2010, Santiago, Fase 2”, atendido que analizados los antecedentes sumariales, es dable advertir que la investigación se encuentra incompleta.

Sobre el particular, es menester señalar que sin perjuicio de la responsabilidad administrativa atribuida al mencionado funcionario, por haber dado por finalizada la obra y solicitar la recepción del contrato sin disponer de las certificaciones de calidad correspondientes, contraviniendo con ello el artículo 166 del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, y de no informar a las respectivas comisiones de recepción acerca de dicha irregularidad, es necesario tener en cuenta que no fue objeto de la investigación la responsabilidad que pudiera corresponder al servidor Hugo Araya Castillo, en su condición de inspector fiscal subrogante de la referida contratación.

Al efecto, se debe hacer presente que el empleado recién aludido fue designado en esa función por resolución exenta DAP N° 1.253, del 2009, y reemplazó al titular desde el 7 de diciembre del 2009 al 14 de enero del 2010 y, en tal condición, recibió y cursó el estado de pago N° 1, de 2009, según anotación del folio N° 19, de 2009, del libro de obras, de fojas 269, sin considerar la completitud de los antecedentes que la empresa contratista debió presentar, toda vez que se verificó que en ese instrumento se incluye un desembolso total neto de $ 79.920.000, por concepto de ejecución de la partida “Lechada Asfáltica en Pista 17L-35R y Vialidad Interior” -fojas 280-, en circunstancias que el numeral 3.5 “Responsabilidad del contratista sobre el material bituminoso” -fojas 95-, de las especificaciones técnicas...

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