Dictamen nº 34672 de Contraloría General de la República, de 26 de Septiembre de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 694391741

Dictamen nº 34672 de Contraloría General de la República, de 26 de Septiembre de 2017

N° 34.672 Fecha: 26-IX-2017

Mediante la presentación del epígrafe, el Director Nacional de la Oficina Nacional Emergencia (ONEMI), solicita la reconsideración del oficio N° 22.166, de 2017, de este origen, en cuya virtud se resolvió que ese servicio y la Subsecretaría del Interior, debían adoptar las medidas necesarias para evitar que se repitieran situaciones como la acontecida el 3 de noviembre de 2016, durante el simulacro de sismo y tsunami en el borde costero de la Región de Valparaíso, en la cual se produjo un fallo en la alarma instalada en la Plaza Sotomayor de la ciudad de Valparaíso.

Señala el recurrente, en síntesis, que si bien a la ONEMI le corresponde la coordinación del Sistema de Protección Civil (SNPC), como lo establece el Plan Nacional de Protección Civil -aprobado por el decreto N° 156, de 2002, del entonces Ministerio del Interior-, y en tal contexto le cabe organizar simulaciones y simulacros como el de la especie, que buscan activar dicho sistema y acercar a sus participantes a una situación real de desastre, con el propósito de fomentar una cultura del auto cuidado y observar y evaluar la respuesta, la operación de las sirenas ubicadas en la ciudad de Valparaíso le compete al Cuerpo de Bomberos de Valparaíso (CBV), entidad que recibió la transferencia de fondos de parte de la antedicha subsecretaría, que le permitió adquirir dicho sistema de alarmas.

Agrega que las sirenas fueron utilizadas exitosamente hasta el día anterior al ejercicio, producto de los incendios forestales que afectaron a dicha ciudad y que, además, la falla en cuestión no impidió que la gente ubicada en las cercanías del sector de la Plaza Sotomayor fuera advertida por otros medios, siendo uno de los lugares donde fue evacuado un mayor número de personas.

Por otra parte, destaca que la tardanza en la ejecución de las alarmas se debió a un error humano de la operadora encargada de activarlas, por lo que estima que no existió responsabilidad de la ONEMI en ese deficiente funcionamiento, sin perjuicio de lo cual hace presente que según le informó el CBV, se instruyó capacitar a todas las operadoras de su central de emergencias, con el objeto de precaver la reiteración de situaciones como la de la especie.

En tal sentido, señala que la ONEMI cumple con su rol de organismo coordinador del SNPC, manteniendo una estrecha relación con sus integrantes, programando capacitaciones y ejercicios para la comprobación de los planes de emergencia y estableciendo...

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