Dictamen nº 33262 de Contraloría General de la República, de 27 de Diciembre de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 835427149

Dictamen nº 33262 de Contraloría General de la República, de 27 de Diciembre de 2019

N° 33.262 Fecha: 27-XII-2019

La Contraloría General de la República, en virtud de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de aquellas establecidas en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, viene en impartir las instrucciones relacionadas con el cumplimiento y la aplicación de la normativa contable aprobada por el oficio N° 60.820, de 2005 y las instrucciones impartidas en el oficio N° 54.977, de 2010, ambos de esta Entidad Fiscalizadora, sobre la preparación y presentación de los estados financieros, cuyo objeto es determinar la situación financiera, presupuestaria y patrimonial de las municipalidades, al término del ejercicio contable correspondiente al año 2019.

Todos los municipios del país deberán emitir sus estados financieros de acuerdo con las siguientes instrucciones.

  1. Consideraciones generales.

    Los estados financieros que corresponde preparar son los siguientes:

    -Estado de Situación Patrimonial o Balance General;

    -Estado de Resultados;

    -Estado de Situación Presupuestaria;

    -Estado de Flujos de Efectivo;

    -Estado de Cambios en el Patrimonio Neto; y

    -Notas Explicativas.

    Con el objeto de facilitar la preparación y remisión de los referidos estados, esta Contraloría General, en uso de las atribuciones que le competen en esta materia, ha diseñado formatos básicos de los mismos, los que se incluyen en el anexo A. Asimismo, en el anexo B, se presenta la reclasificación de las cuentas, que deben agruparse de acuerdo a su estructura.

    Los estados financieros deben incluir el movimiento contable consolidado a nivel de cada municipio, el que comprenderá tanto la gestión municipal como los servicios traspasados de educación, salud y cementerios, según corresponda y presentar las cifras en miles de pesos (M$). Esta consolidación no debe incluir a las Corporaciones Municipales, pues deberán revelarse en una nota explicativa sobre la que se entrega mayor detalle en el N° 3 del presente instructivo.

  2. Acerca de la preparación de los estados financieros.

    Previo a la emisión de los referidos estados, los municipios deberán tener presente las instrucciones impartidas por este Organismo Contralor en el Oficio N° 20.101, de 2016, como también las normas relativas al cierre del ejercicio contable. Esas normas cubren, entre otros aspectos, los ajustes al presupuesto vigente, el cierre de las cuentas presupuestarias y de gestión económica; la normalización de los anticipos otorgados a terceros; la...

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