Dictamen nº 31548 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 752877565

Dictamen nº 31548 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 2018

N° 31. 548 Fecha: 18-XII-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Jeanette Soto Fuentes, actualmente exfucionaria a contrata de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, para reclamar que no habría podido acceder a la bonificación adicional de la ley N° 20.948, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre tal beneficio que pesaba sobre ese organismo, lo que habría incidido en que no postulara al mismo el 2016 ni el 2017, considerando que cumplía con los pertinentes requisitos, especialmente porque además de sus desempeños en ese servicio, conservaba un cargo titular en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

Requerido su informe, ese organismo expone que remitió un correo electrónico en septiembre de 2016, que entre otros destinatarios, contempló a la interesada, en el cual informaba sobre los nuevos beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios del sector público, adjuntando la ley N° 20.948; la circular N° 278, de 2016, de su Director General Administrativo, que comunicaba tales beneficios y, además, las instrucciones evacuadas por la Dirección de Presupuestos para postular a aquellos.

Asimismo, añade que no poseía los antecedentes de la funcionaria que le hubieran permitido verificar que ella daba cumplimiento a los requisitos de desempeño para acceder al bono en comento, pues esta ingresó a ese servicio el 2014.

Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 1° de la ley N° 20.948, concede, en lo que importa, una bonificación adicional, que se pagará por una sola vez a los funcionarios de carrera y a contrata de las entidades que indica, que perciban el bono por retiro del Título II de la ley N° 19.882, siempre que tengan veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos, en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales y reúnan los requisitos que detalla en sus incisos segundo y tercero, en especial, renunciar voluntariamente a todos los cargos y al total de horas que sirvan dentro de los plazos que señale la ley N° 20.948 y su reglamento.

Enseguida, el artículo primero transitorio de la ley N° 20.948, dispone en la letra a), de su N° 1, en lo que resulta pertinente, que los funcionarios y funcionarias que al día anterior a la fecha de publicación de esta tengan 65 o más años de edad -como ocurría en el caso de la recurrente-, deberán postular dentro de los treinta días hábiles siguientes a dicha...

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