Dictamen nº 31203 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 752877645

Dictamen nº 31203 de Contraloría General de la República, de 17 de Diciembre de 2018

N° 31.203 Fecha: 17-XII-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor HTH, funcionario de Carabineros de Chile, para impugnar la legalidad del procedimiento disciplinario a cuya finalización se le aplicó la sanción de dos días de arresto, con servicio, el que, en opinión de esa entidad, se ajustaría a derecho.

Al respecto, cabe puntualizar que al peticionario se le atribuyó haber vulnerado el artículo 22, N° 2, letras a), b), c), e) y h); N° 3, letras a), f) y g) y N° 6 , letras c) y d) del decreto N° 900, de 1967, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, por haber consignado supuestamente información falsa en un oficio, mediante el cual se pretendía derivar un vehículo al aparcadero, señalando en aquel que ello era por orden del fiscal, documento que habría sido presentado a la jefatura del recurrente para su aprobación y firma.

Como cuestión previa, en cuanto a que no se le habría proporcionado asesoría jurídica, pese a que, en su opinión, la ley N° 18.834, ampararía tal requerimiento, se debe señalar, por una parte, que el recurrente no ha acompañado ningún antecedente que fundamente la efectividad de su aseveración y, por la otra, que dicho texto legal, en tal aspecto, no es aplicable al personal de Carabineros de Chile, debiendo añadirse que no se advierte que se hubiese conculcado su derecho a defensa, pues el interesado hizo uso de todas las instancias de impugnación previstas en el citado texto reglamentario, por lo que se desestima esta alegación.

Ahora bien, acerca del planteamiento del señor HTH, en orden a que no habría incurrido en la conducta que se le atribuyó, cabe indicar, con arreglo a lo informado en el oficio N° 34.827, de 2017, de este origen, entre otros, que si bien la ponderación de los hechos y la determinación de la gravedad y grado de responsabilidad que en ellos tiene el inculpado, queda entregada a las autoridades de la Administración, esta Contraloría General puede objetar la decisión adoptada si del examen del procedimiento investigativo se aprecia una vulneración al debido proceso o se constata la existencia de una determinación de carácter arbitraria, como sucedió en la especie.

En efecto, de la copia de la carpeta investigativa, aparece que mediante la resolución N° 499, de 2016, de la Jefatura de Zona Santiago Este, se confirmó la referida medida disciplinaria, la que tendría por fundamento la decisión contenida en la resolución N° 42, del mismo año, de la 50ª Comisaría San...

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