Dictamen nº 3106 de Contraloría General de la República, de 5 de Febrero de 2020
N° 3.106 Fecha: 05-II-2020
La Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba bases administrativas y técnicas y llama a licitación pública para la ejecución de la obra “Condor I, en terrenos del Campo Militar de Peñalolén, ubicado en Av. Las Perdices N° 700, Comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana”, en atención a las siguientes observaciones:
-
Bases Administrativas:
-
- No se acompaña copia de los antecedentes singularizados en los números 8 y 10 del considerando.
-
En el encabezado de la segunda columna de la tabla contenida en el punto 4, “Cronograma”, se consigna para cada una de las etapas o actividades allí anotadas la expresión “Plazos a partir de la publicación”, en circunstancias que ocho de las diez actividades incluidas en la tabla tienen un hito diverso a la aludida publicación.
En la misma tabla se omitió consignar que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, conforme al inciso final del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886.
-
- Se requiere una mayor fundamentación acerca de lo dispuesto en el punto 9 –que dispone el cobro de la garantía de seriedad en caso que el proponente no la reemplace quince días antes de su vencimiento, si dicho vencimiento se produce con anterioridad a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato-, si se considera que tal tramitación no es de responsabilidad del proponente.
-
- En relación el artículo 12 debe manifestarse que:
-
En el Anexo B.1 “Plazo de ejecución”, se omite indicar si el plazo a ofertar es máximo.
-
En el Anexo C.2, listado de partidas, resulta impropio incluir en tal calidad a las señaladas en el ítem 0; 0.1; 0.2; 0.3; y 0.4, las que, por lo demás, tampoco se contemplan en las especificaciones técnicas.
-
En el punto 6. Anexo C.6 “Capacidad económica disponible”, se señala que éste deberá ser firmado además por un profesional o empresa competente del área económica o financiera que certifique su contenido, sin definir criterios acerca de tal competencia para el cumplimiento de ese requisito.
-
-
- En el párrafo final del artículo 15, se indica que serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no acompañen en el acto de apertura los Anexos B y C, sin que se advierta la razón por la cual no se aplica la misma medida...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba