Dictamen nº 31017 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 751557105

Dictamen nº 31017 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2018

N° 31.017 Fecha: 13-XII-2018

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ricardo Díaz Sepúlveda, exfuncionario de la Fuerza Aérea, reclamando que fue alejado de esa entidad castrense sin haberse incoado un proceso sumarial para indagar si sus afecciones tendrían un origen laboral, no obstante haberlo solicitado.

En su informe, esa institución manifestó, en síntesis, que no resulta necesario iniciar el procedimiento impetrado ya que su Comisión de Sanidad, determinó que su patología no podía ser considerada una enfermedad profesional.

Al respecto, resulta menester expresar que esta Entidad Fiscalizadora, por medio del oficio N° 30.161, de 5 de diciembre de 2018, desestimó una solicitud de reconsideración de los oficios Nos 32.108 y 38.011, de 2017; y 21.279, de 2018, de este origen, formulada por la Fuerza Aérea, ordenándole que debía iniciar las investigaciones sumarias administrativas requeridas por los individualizados exempleados, a fin de esclarecer si las patologías que los afectan tienen un origen laboral, criterio que debe ser aplicado en el caso de estudio, para lo cual esa entidad castrense deberá efectuar las actuaciones del caso respecto del señor Díaz Sepúlveda.

Por otra parte, en lo que atañe a que no fue tratado por el Servicio de Medicina Preventiva, se debe manifestar, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.465, que la medicina preventiva es la que tiene por finalidad promover y proteger el estado de salud del personal activo y detectar precozmente el desarrollo de enfermedades crónicas o derivadas de sus funciones y que puedan producir incapacidad para el trabajo, o la muerte.

En este sentido, cabe agregar, conforme con lo prescrito en el artículo 37 del decreto N° 553, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Medicina Preventiva de las Fuerzas Armadas, que el personal con más de un año de servicio estará obligado a someterse a un examen de salud, por lo menos una vez al año, con el objeto de investigar la existencia de las enfermedades que indica la ley y determinar, de este modo, quienes deban acogerse al reposo preventivo y tratamiento adecuado.

Ahora, se debe apuntar, según lo informado por la Fuerza Aérea -respecto de la dolencia por la que el señor Díaz Sepúlveda sostiene que no fue derivado a medicina preventiva-, que solo asistió a consultas con médicos especialistas del extrasistema, sin haber acudido a profesionales institucionales, por lo que no posee mayores...

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