Dictamen nº 31 de Contraloría General de la República, de 7 de Enero de 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 855226286

Dictamen nº 31 de Contraloría General de la República, de 7 de Enero de 2021

Fecha07 Enero 2021
Tipo de documentoGenerales

N° 31 Fecha: 07-I-2021

Se han dirigido a esta Contraloría General la señora Diputada Claudia Mix Jiménez, y los concejales de la Municipalidad de Maipú señores Pedro Delgadillo Castillo, Gonzalo Ponce Bórquez, Ariel Ramos Stocker, y Abraham Donoso Morales, y la señora concejala Marcela Silva Nieto; junto a los abogados don Rafael Ferrada Henríquez y doña Paula Peña Muñoz, denunciando la actuación de la Alcaldesa de esa entidad edilicia, por cuanto habría ordenado la adquisición de empanadas por trato directo, a través de dos órdenes de compra, a la empresa “Ideas 4 you SpA”, para ser repartidas en cuatro eventos de la comuna durante la celebración de las fiestas patrias del año 2019.

Al respecto, los denunciantes señalan que las transacciones indicadas, que ascienden a un total de $26.489.400, fueron divididas en dos contrataciones por trato directo. Las cuales fueron autorizadas mediante los decretos alcaldicios N°s. 3.521 y 3.643, ambos de 2019, adquiridas a través de las órdenes de compra N°s. 2583-2122-SE19 y 2770-390-SE19, de 3 y 10 de septiembre del mismo año, por un monto de $2.207.450 -correspondientes a la adquisición de 700 empanadas-, y por $24.281.950, para la compra de 7.700 empanadas, respectivamente. Todo ello, para eludir la aprobación del Concejo Municipal, toda vez que, a su juicio, ambos contratos en conjunto excederían las 500 unidades tributarias mensuales (UTM), monto exigido por el artículo 65, letra j), de la ley N° 18.695, para que dichos actos sean sometidos al acuerdo de ese órgano colegiado.

Asimismo, agregan que la empresa “Ideas 4 you SpA”, habría sido creada un mes antes de adjudicarse los contratos de que se trata, lo que, a su parecer, demostraría su falta de experiencia en el rubro de los servicios prestados, cobrando por estos un monto abultado en relación con los precios de mercado.

Por último, añaden que las irregularidades denunciadas infringirían el principio de probidad administrativa, consagrado, entre otros, en los artículos 8° de la Constitución Política de Chile, y 52 y 53 de la ley N° 18.575.

Requerida al efecto, la Municipalidad de Maipú informó, a través del oficio 1.200 N° 225, de 2019, en síntesis, que la compra de las primeras 700 empanadas con su respectiva bebida individual por un monto de $2.207.450, para la actividad de “Izamiento del pabellón nacional”, se hizo a modo de prueba con la empresa “Ideas 4 you SpA”, el 3 de septiembre de 2019, la que fue aprobada mediante el decreto alcaldicio N°3.521, de esa misma data, cuyo gasto fue imputado a la cuenta contable 2152208011,”servicios de producción y desarrollo de eventos”, recurriendo a la contratación por trato directo, fundado en el artículo 10, N° 7, letra j), del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda -que Aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, el cual señala que la licitación privada o el trato o contratación directa proceden, con carácter de excepcional, “Cuando el costo de evaluación de las ofertas, desde el punto de vista financiero o de utilización de recursos humanos, resulta desproporcionado en relación al monto de la contratación y ésta no supera las 100 Unidades...

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